La Argentina, el CIADI y la “justicia” internacional

Ricardo Vicente*

Jacobo Arbenz (1913,1971) presidente de Guatemala derrocado por un golpe de Estado que promovió la CIA.

Izquierda: Jacobo Arbens y familia

El Centro Internacional de Arreglos de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI) adquirió notoriedad en los últimos años debido a las demandas efectuadas por inversores extranjeros contra la Argentina luego del derrumbe del régimen de convertibilidad, y la siguiente pesificación y congelamiento de las tarifas de las empresas de servicios públicos privatizadas. Creado en 1966 en el ámbito del Banco Mundial, el Centro es un organismo que tiene como objetivo intervenir a través de un tribunal arbitral en las controversias suscitadas entre los inversores extranjeros y los estados adheridos.

 

Entre los antecedentes del CIADI se destaca una propuesta efectuada en los años ‘50 del siglo pasado por Hermann J. Abs, director del Deutsche Bank de Frankfurt, por entonces el más poderoso banco comercial del continente europeo.


En 1957, durante la Conferencia sobre Desarrollo Internacional efectuada en California se plantearon las condiciones requeridas para que los países industrializados contribuyeran al desarrollo de los subdesarrollados. En la oportunidad, Abs expresó lo que era una preocupación generalizada entre los asistentes representantes de los países centrales: la seguridad del capital de sus inversores ante los intentos de control estatal por parte de los países receptores del capital privado extranjero.

Al respecto, el funcionario germano mencionó varios ejemplos de violaciones de los derechos de dicho capital. Primero, se refirió a la nacionalización de la Anglo-Iranian Oil Co. dispuesta por el primer ministro iraní, Mohamed Mossadegh, en 1951. La medida se debió al precio irrisorio que la compañía abonaba por el petróleo extraído y por el control abusivo sobre la producción y refinamiento del hidrocarburo en la refinería de Abadán, en el golfo Pérsico. Los iraníes se negaban a pagar indemnización alguna argumentando los considerables beneficios obtenidos por la inversión desde 1911. Las relaciones diplomáticas con Inglaterra se interrumpieron y los ingleses comenzaron a estudiar la posibilidad de emplear la fuerza en defensa de los intereses de la Anglo-Iranian. Dos años después, el conflicto terminó cuando, con la intervención de la CIA, un golpe de Estado derrocó a Mossadegh y se concretó un acuerdo de Irán con un consorcio petrolero internacional y el pago de una indemnización a la empresa de 700 millones de dólares.

Otro caso mencionado por Abs fue la decisión de Jacobo Arbenz, presidente guatemalteco, de expropiar las tierras de la más poderosa empresa de su país, la estadounidense United Fruit Co. La medida formaba parte de una reforma agraria instrumentada en 1953 con el propósito de diversificar la agricultura y recortar la dependencia de las exportaciones de la producción cafetalera. La empresa expropiada fue indemnizada conforme al valor declarado para el pago del impuesto territorial pero la disconformidad con el monto de la indemnización motivó su reclamo ante el Departamento de Estado que, por su parte, resolvió recurrir nuevamente a la CIA. En 1954, organizado por la central de inteligencia estadounidense, un golpe de estado y el bombardeo a varias ciudades guatemaltecas por parte de aviones norteamericanos pusieron fin al gobierno de Arbenz y a la reforma agraria.

La nacionalización del Canal de Suez también fue considerada por el alemán como otro caso nefasto. En 1956, el primer ministro egipcio adoptó la medida, aunque indemnizando a los accionistas británicos y franceses y garantizando la libre navegación, con el fin de obtener los recursos necesarios para, entre otras cosas, construir la represa de Asuán. En una acción concertada, fuerzas israelíes ocuparon el Sinaí y la franja de Gaza, mientras aviones británicos y franceses tras bombardear Egipto, ocuparon Port Said y parte de la zona del Canal. Finalmente, la condena de los EE.UU. y de las Naciones Unidas y la amenaza soviética de intervención frustraron los propósitos de las potencias europeas y obligaron a retirarse de sus posiciones.

Gamal Abdel Náser  (1918, 1970), Presidente de Egipto (1956, 1970). Nacionalizó el Canal de Suez (1956) y se transformó en el líder del panarabismo y del Movimiento de Países No Alineados. Promovió la unificación con Siria formando la República Árabe Unida (1958, 1961). Derrota por Israel en la Guerra de los Seis Días (1967).
Gamal Abdel Náser (1918, 1970), Presidente de Egipto (1956, 1970). Nacionalizó el Canal de Suez (1956) y se transformó en el líder del panarabismo y del Movimiento de Países No Alineados. Promovió la unificación con Siria formando la República Árabe Unida (1958, 1961). Derrota por Israel en la Guerra de los Seis Días (1967).

Por último, la cancelación de las concesiones de las empresas CADE e Ítalo-Argentina en 1957 dispuesta por el gobierno argentino de la denominada “Revolución Libertadora” constituyó para Abs otro ejemplo de la violación de los derechos extranjeros privados. La prórroga de las concesiones a ambas proveedoras de electricidad se había concretado a fines de 1936 mediante dos ordenanzas apoyadas por concejales radicales y conservadores porteños. En 1943, una Comisión Investigadora probó la existencia de acuerdos dolosos entre la CADE y el Departamento Ejecutivo de la Intendencia Municipal de la Capital Federal; el pago de coimas por parte de la empresa a los concejales para obtener la aprobación de dichas ordenanzas y la legitimidad de las acusaciones que a lo largo de los años se habían acumulado contra las empresas prestatarias por deficiencias de los servicios, violaciones a los términos de la concesión, aguamiento de capitales, defraudaciones al fisco, tarifas abusivas, etc.

El diario La Nación festejaba el golpe contra el gobierno democrático de Juan Domingo Perón. 24 de septiembre de 1955.
El diario La Nación festejaba el golpe contra el gobierno democrático de Juan Domingo Perón. 24 de septiembre de 1955.

En 1956, la Junta Consultiva que asesoraba al gobierno de facto encaró el tema de los monopolios eléctricos en la Capital. Como resultado, el organismo dictaminó la necesidad de anular las ordenanzas de 1936, la revocación de las concesiones en vigencia y la expropiación de ambas compañías. El gobierno de la “Revolución Libertadora” aceptó el dictamen de la Junta y nombró una Comisión Asesora que, en 1957, señaló nuevas irregularidades en el trámite de 1936 ya que se había omitido el llamado a licitación y la Municipalidad había entregado a las empresas de electricidad bienes considerados irrenunciables. Además, entre 1936 y 1956, las empresas reiteraron el incumplimiento de los términos de la concesión.

La gravedad de las comprobaciones determinó que el presidente Aramburu decretara la anulación de las ordenanzas en cuestión, la intervención de la CADE y la transferencia de los bienes de la empresa a poder del municipio. Pese a la espectacularidad de la medida, cuando llegó el último día en que se extinguía la concesión, coincidente con el fin del año 1957, no se concretó la intervención decretada y el estado argentino renunció a las facultades que le eran propias. La ofensiva de los círculos financieros de Europa y Estados Unidos, especialmente los ligados al grupo SOFINA, sociedad financiera controladora de CADE, detrás de la cual estaban los bancos más importantes de Europa Occidental, entre ellos el Deutsche Bank, logró torcer el brazo de un gobierno que, por otra parte, se mostraba deseoso de hacer buena letra con el capitalismo internacional.

No obstante el doloso comportamiento de las empresas de electricidad, Abs argumentaba que las acciones contra las mismas “se cometen invocando presuntas violaciones de leyes y regulaciones nacionales por parte de las empresas extranjeras, y con frecuencia se utilizan los bienes de las compañías privadas para saldar cuentas por reparaciones y demandas por daños y perjuicios causados a los países por los inversores extranjeros”. Y generalizando, señalaba las violaciones de los derechos e intereses de las empresas extranjeras como “el retiro de materias primas esenciales, la negativa a conceder permisos de importación, los impuestos excesivos, las regulaciones de cambios y cosas por el estilo”. Asimismo, deploraba que en una reciente Conferencia Interamericana, los estados de la región, contrariando los propósitos de la delegación de los Estados Unidos, se habían negado a recomendar la compensación en caso de expropiación de bienes extranjeros. De hecho, el hombre del Deutsche reclamaba piedra libre para las inversiones extranjeras y la renuncia de los estados receptores de dichas inversiones al ejercicio de sus derechos soberanos.

El banquero alemán, cuya carrera había experimentado un considerable progreso bajo el paraguas del nazismo -llegando a presidir el Deutsche en vísperas de la Segunda Guerra Mundial-, admiraba a los Estados Unidos porque contaban con “los medios más eficaces para proteger los intereses de sus ciudadanos”. Dado que otras naciones carecían de similar fuerza para ejercer la misma protección, requería la solidaridad de las restantes y censuraba al Banco Alemán de Emisiones y al estadounidense Banco de Exportación e Importación por asistir mediante créditos a la Argentina, a despecho de los casos de CADE y la Ítalo-Argentina.

El escrupuloso predicador de los derechos de los inversores, reclamaba la responsabilidad conjunta de los países de manera de alcanzar “un sistema efectivo de protección internacional de los derechos extranjeros”. De manera melodramática, llamaba a restablecer “el derecho y el orden internacional y, en particular, la inviolabilidad de la propiedad privada, principio reconocido por todos los países occidentales” y pedía a los Estados Unidos que tomaran la iniciativa para crear un sistema de protección de las inversiones privadas en el exterior.

Finalmente, proponía una convención internacional en la que tanto los gobiernos de los países exportadores como los países importadores de capitales se comprometieran a tratar los capitales extranjeros con justicia y a abstenerse de interferir con tales inversiones. Anticipando la creación del CIADI, planteaba que dicha convención debía proveer “al establecimiento de un tribunal internacional de arbitraje, encargado de determinar si los casos elevados ante él encierran violaciones de los principios mencionados”. A tono con la arrogancia que lo caracterizaba, Abs otorgaba al tribunal facultades para castigar a los países infractores con sanciones económicas, sin importar que fueran o no signatarios de la convención. Además, alertado de la competencia que se había establecido entre los países centrales para invertir en las áreas periféricas, otorgaba autoridad al tribunal arbitral para obligar a todos sus miembros a negar nuevos créditos al país considerado infractor.

En suma, el discurso de Abs mostraba a la Argentina como uno de los países díscolos cuyo comportamiento avalaba una propuesta antecesora del CIADI, destinada a constituir otro ámbito para reproducir las asimetrías que en el orden internacional separaban a los países centrales de los periféricos. En nuestros días, es sabido que las mayorías de las demandas de los inversores extranjeros que tienen cabida en dicho tribunal involucran a demandas contra países africanos, asiáticos y latinoamericanos, entre los que se destaca la Argentina por el número de contenciosos que la comprometen.

En oportunidad de discutirse en el Banco Mundial el proyecto de creación del CIADI, los Estados latinoamericanos se opusieron a la creación del tribunal arbitral. La marea neoliberal que se precipitó sobre la región determinó que un gran número de esos Estados, con la excepción del Brasil, adhirieran al organismo en la década del noventa. La Argentina firmó el Convenio de adhesión en 1991 y su ratificación por parte del Congreso se efectivizó en 1994. De esta manera, el gobierno argentino de entonces resignó la posibilidad de tramitar los conflictos en cuestión en los tribunales locales, renunciando a una prerrogativa básica de la soberanía como es la jurisdicción territorial de sus tribunales y constituyendo un reaseguro para las empresas extranjeras adjudicatarias de las privatizaciones durante la década del ‘90. Abs puede descansar en paz.

Bibliografía

  • Abs, Herman J., “La seguridad del capital”, en Inversiones privadas: llave del desarrollo industrial internacional, Editorial Ágora, Buenos Aires, agosto de 1959.
  • Benz, Wolfgang y Graml, Hermann, Historia Universal – El siglo XX. Problemas mundiales entre los dos bloques de poder, Editorial Siglo XXI, México, julio de 1984.
  • Ruibal, Beatriz, Historia de América en el siglo XX. Arbenz, Revolución en el imperio del banano, Centro Editor de América Latina, Buenos Aires, enero de 1985.
  • Scenna, Miguel Ángel, “CHADE: El escándalo del siglo”, Revista Todo es Historia, Buenos Aires, agosto de 1971.
  • Theberge, Rene, Collins, Carole y MERIP Reportes, Petróleo y dependencia en Medio Oriente, Irán, Arabia Saudita y Libia, Ediciones Periferia, Buenos Aires, octubre de 1974.

* Ricardo Vicente es sociólogo. Nació en la Argentina y fue docente e investigador de la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad de Buenos Aires.

 

Ariadna Tucma Revista Latinoamericana. Vol. 1 a 4. 2006-2009

 

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