La regionalización político-administrativa en Colombia: un proceso abierto

El pro­ceso de regionalización, autonomía y descentralización en Colombia

Roberto González Arana *

Antecedentes históricos

Castillo de San Felipe de Barajas. Cartagena Foto: Carolina Crisorio

La constitución de regiones en Colombia aparece con el nacimiento de la República. Durante la época en que el país estu­vo bajo el dominio colonial de España no hubo las mejores condiciones para la creación de una región. Sin embargo, las rivalidades entre las diferentes provincias de lo que en aquel entonces se denominaba el Virreinato de la Nueva Granada coincidieron con la lucha por la independencia nacional. Tal es el caso de Cartagena, en donde se inició un movimiento de autonomía política frente a Santafé de Bogotá desde 1809, es decir, dos años antes de su independencia de España.


Como lo destaca el historiador Alfonso Múnera, las raíces de la lu­cha de Cartagena obedecen a que esta provincia, al igual que la de Santa Marta, fue autónoma a lo largo de los siglos XVI, XVII y principios del XVIII. Asimismo, la férrea oposición de la provincia de Santafé para permitir que Cartagena fuese un puerto libre al comercio internacional, con la posibilidad de comprar mercancías del Caribe y no de la zona andina de Colombia, generó fricciones constantes entre la capital y la Costa. Posteriormente, con la derrota del proyecto de autonomía de Cartagena, el país se andinizó al adquirir el centro todo el poder, dejando de paso a la Costa pocas posibilidades de maniobra.[i]

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Quinta «San Pedro Alejandrino», Santa Marta. Perteneció a Simón Bolívar donde murió en 1830. Foto Carolina Crisorio


Luego de transcurrido un período de constantes enfrentamientos civiles, como lo fue el siglo XIX, en el cual los liberales y conservadores libraron la Guerra de los Mil Días (1899-1902), el nuevo siglo amanece con el lamentable hecho de la separación de Panamá del territorio co­lombiano, lo cual condujo al debilitamiento del Estado nacional.

 

Ante los desequilibrios políticos, económicos y sociales causados por la guerra y el temor al crecimiento de nuevos movimientos separatistas, particularmente en Cauca, Antioquia y la Costa Atlántica, el gobierno del general Rafael Reyes (1904-1909) concibió el plan de dividir los departa­mentos existentes en ese momento, a fin de debilitarlos y poder así sortear mejor la situación ante regiones más pequeñas y fáciles de manejar.[ii]

 

Para llevar a cabo su propósito, la administración de Reyes constitu­yó una Comisión de División Territorial bajo la responsabilidad de los ministros de Gobierno. Después de tres años de estudio, la Comisión presentó un proyecto de ley ante la Asamblea Nacional Constituyente, en julio de 1998. Entre los argumentos que se exponían en la ponencia presentada por los representantes del gobierno, para justificar la nueva división territorial estaban, entre otros, “los graves peligros para la paz pública y para una buena administración”, el sostener la división territo­rial existente. Asimismo, se argumentaba también que era prioritario el concederles mayor autonomía a los municipios y aproximar más las ac­ciones del ejecutivo hacia las necesidades de las localidades.[iii]

 

Finalmente, se expidió la ley que fraccionó al país en 34 departamentos, más el territorio del Meta y el Distrito Capital. De lo anterior se infiere que las antiguas disputas entre las regiones continuaron incluso después de la Constitución Política de 1886, cuando Colombia se constituyó como un Es­tado unitario con un sistema centralista, ante lo cual después se hizo necesa­ria la citada reforma de 1908 a fin de mantener la unidad de dicho ente.

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Barranquilla. Colombia. Foto. Carolina Crisorio


Para el caso de la Costa Atlántica, la historia nos muestra cómo, pese a los propósitos estatales de impedir a toda costa la fragmentación del país, también allí surgieron nuevas organizaciones que lucharon por mayor atención del gobierno central a las provincias. En particular, La Liga Costeña, nacida en 1918, representaba los intereses de los departa­mentos de Atlántico, Bolívar y Magdalena. Dicha asociación se propo­nía evitar el aislamiento económico de la Costa, pues parecía que diversas medidas adoptadas por el gobierno central —desmonte del proteccio­nismo, que beneficiaba a la industria regional; construcción de los fe­rrocarriles del Pacifico y Caldas, que al unir las zonas cafeteras con el puerto de Buenaventura, desplazaban la actividad comercial de la Cos­ta Atlántica hacia el centro y occidente del país; y abolición de la in­demnización que recibían desde 1885, por parte del gobierno central, los departamentos de la Costa por el monopolio de las minas de sal marí­tima— afectaban ostensiblemente a esta zona de Colombia. A pesar de que la existencia de la Liga Costeña fue bastante efímera, esta experien­cia, cuyo fracaso atribuyen algunos autores al predominio de las lealta­des partidistas sobre las regionales, mostró que los intereses regionales no sólo incluían a los culturales o políticos, sino también a los económi­cos, y que éstos trascendían las fronteras de cada departamento.[iv]

 

El siglo continuaría con constantes luchas políticas y sociales, en búsqueda de más justicia social de parte del Estado y una mayor partici­pación ciudadana. Ahora bien, no sólo desde las regiones, sino también a través de los movimientos sociales, los movimientos y partidos políticos, los sindicatos, los grupos indígenas, el movimiento obrero y campesino, se ha optado por la protesta como medio para la búsqueda de mejores condiciones y mayores opciones.[v]

 

Como consecuencia de la incapacidad estructural de un Estado cen­tralista para el manejo de los conflictos de la provincia y como respuesta a las incesantes protestas ciudadanas, y a la presión de las elites desde las localidades, ha surgido la necesidad de delegar mayores responsabilida­des a las regiones.

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La descentralización administrativa y los alcances de la Constitución política de 1991 en Colombia

 

Desde finales de los años sesenta, a partir del establecimiento del situado fiscal en 1968, se cedió a los departamentos un mayor control de recursos sobre los gastos en educación y salud. Un medio para viabilizar estos objetivos fue la cesión paulatina a los municipios de los recaudos por concepto del impuesto a las ventas o impuesto de valor agregado, IVA. Infortunadamente, en la práctica sólo unos pocos municipios resul­taron beneficiados con estas medidas. Posteriormente, a partir de una serie de leyes promulgadas en 1983 y 1986, se hizo posible que se conce­diera mayor autonomía a los municipios en el manejo y modernización de sus propios impuestos. Ilustra lo anterior la Ley 12 de 1986, que esta­blecía una transferencia progresiva del IVA a los municipios proporcio­nal al tamaño de su población y al esfuerzo fiscal propio.[vi] Más adelante, con la Constitución Política de 1991 se dinamizaría ostensiblemente el proceso de descentralización de los recursos. Entre otras medidas de la Carta, se estableció un calendario con un aumento gradual de las trasferencias de los recursos fiscales a los departamentos y municipios.

 

En materia política, la Constitución hizo extensiva la elección popu­lar a los gobernadores, pues ya desde 1986 se había reglamentado la elec­ción popular de los alcaldes.[vii] Lo anterior disminuía los márgenes del clientelismo, pues ya los gobernadores no tendrían la posibilidad de nom­brar como alcaldes a sus aliados políticos o ser nombrados bajo los mis­mos parámetros. Al mismo tiempo, también los alcaldes no estarían tan sujetos a los gobernadores y, potencialmente, dejarían de ser voceros de sus intereses. Tan positiva ha resultado esta posibilidad de mayor partici­pación ciudadana, que por primera vez en la historia del país, pese al bipartidismo tradicional, se ha elegido a varios alcaldes populares en re­presentación de movimientos cívicos o alternativos.  Los casos de Antanas Mockus en Santa Fe de Bogotá o Bernardo Hoyos en Barranquilla son prueba de ello.

 

La Constitución Política de 1991 estipuló que la participación ciu­dadana era un elemento fundamental en la consolidación de un Estado de­mocrático. La ley 134 de 1994 establece normas sobre los mecanismos de la participación ciudadana. Su reglamentación determina seis instru­mentos de participación directa por medio de los cuales se recurre a mecanismos políticos de decisión colectiva. Son ellos: la iniciativa popu­lar, el referendo, la consulta popular, la revocatoria del mandato, el ple­biscito y el cabildo abierto.

 

Conviene ahora observar un estudio de caso en donde, según el estu­dio empírico de John Matsusaka, se pudo demostrar la eficacia de la participación ciudadana en el control del gasto del gobierno. Dicho tra­bajo mostró cómo en 23 estados de Norteamérica en donde los ciudada­nos tienen la posibilidad de promover iniciativas legislativas al tiempo que aprobar leyes por medio del voto popular, el gasto es notoriamente menor en comparación a los 27 restantes, en donde las leyes son pro­puestas únicamente por los representantes elegidos. Asimismo, en di­chos 23 Estados el gasto estatal es menor que el gasto local. El análisis permite asimismo concluir que existe una disminución de la actividad redistributiva en aquellos estados donde se da una marcada incidencia de los ciudadanos en las decisiones de gasto.[viii]

 

Por otra parte, se han diseñado mecanismos de veeduría y participa­ción ciudadana en la elaboración y fiscalización del manejo de los recur­sos de los municipios. Se crearon para tal fin los consejos nacional, departamentales y municipales de planeación, en los cuales los represen­tantes de la sociedad civil revisan y evalúan el plan de desarrollo del res­pectivo nivel, haciendo uso de la democracia participativa. A través de los artículos 40 y 341 de la nueva Constitución, los planes de desarrollo deberán ser realizados por las comunas, los municipios, los departamen­tos. Éstos deberán articularse a las partidas que el gobierno central asig­ne para tales fines. También, según el artículo 357, la participación de los municipios en los ingresos corrientes de la nación se incrementarán año por año, del 14% en 1993 hasta el 22% como mínimo en el año 2002.

 

Asimismo, por medio de la revocatoria del mandato, los habitantes de un municipio o un departamento tienen la posibilidad de optar por la elec­ción de un nuevo alcalde cuando el titular no cumpla con sus programas de gobierno. Sin embargo, la experiencia ha demostrado que en cerca de 80 ocasiones en las que se ha intentado conseguir los requisitos mínimos exi­gidos por la ley, la falta de movilización y de recursos ha impedido que estos procesos de revocatoria hayan llegado a un feliz término.

 

La actual coyuntura presenta una encrucijada en la que el proceso de descentralización bien podría continuar profundizándose, de acuerdo con lo previsto en la Constitución, o bien podría revertirse. La viabilidad del proceso descentralizador estaría sujeta a la capacidad que posean las jerar­quías locales y regionales para movilizar a la participación ciudadana.

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Barranquilla. Colombia. Foto. Carolina Crisorio


La región Colombia: Un proceso abierto

 

Podemos hacer distinción de que Colombia posee algunas particula­ridades en lo que concierne a su sistema regional y la distribución de la población con respecto a otros países de América Latina. No se da en nuestro país una división, propia de muchos Estados del continente, en­tre sierra y costa, andinos y llaneros, porteños o de la pampa, ya que históricamente el país ha estado fraccionado en varias regiones con ca­racterísticas propias y de importancia equivalente.[ix]

 

Tampoco nuestro país puede considerarse como homogéneo en su con­figuración geográfica, política, económica, étnica, sino más bien es un país de regiones. El que hayamos sido un Estado unitario durante más de un siglo no riñe con el que simultáneamente, seamos una nación de múltiples diversidades. Incluso, tampoco las regiones en su interior son homogé­neas, como lo demuestra el que en la Costa Caribe colombiana seamos multiétnicos y convivan en esta zona grupos distintos como negritudes y otras etnias. Cada comunidad mencionada se ha desarrollado de modo desigual, lo cual no significa que esta diversidad sea un obstáculo para que se pueda en el futuro alcanzar la meta de constituimos como una región.[x]

 

No obstante lo anterior, coincidimos con Eduardo Posada Carbó en que lo expuesto no equivale a que seamos propiamente una excep­ción con respecto al resto de América Latina y por ello de ambigua identidad nacional, carentes de un espíritu propio del nacionalismo, pues tenemos varios ejemplos de países en el continente (Ecuador, México y Brasil) en donde también las regiones han conspirado para la consolidación de la unidad nacional” [xi]

 

Por otra parte, siguiendo la dinámica de fortalecer la descentraliza­ción político-administrativa del Estado colombiano, iniciada desde los años ochenta, la Constitución de 1991 brinda la posibilidad de sumar dos o más departamentos del país para conformar Regiones Administrativas y de Pla­nificación (RAP) y Regiones Territoriales Plenas (RET), según los artícu­los 306 y 307, Queremos hacer énfasis en que para el caso particular colombiano, la descentralización como iniciativa estatal obedece a la con­junción de dos circunstancias. En primera instancia, es una salida ante la crisis del modelo centralista, el cual mostró su incapacidad para resolver eficazmente las apremiantes y diversas necesidades de cada región del país. En segunda instancia, responde a todo un proceso en el cual jugaron un papel fundamental los movimientos sociales, paros cívicos, presiones polí­ticas de representantes de los departamentos históricamente marginados de la vida nacional, empresarios y sociedad civil en general.

 

Conviene ahora, a propósito de la descentralización y de las dificul­tades para su puesta en marcha, hacer alusión al clásico trabajo del reco­nocido político e historiador francés Alexis De Tocqueville, La democracia en América, quien al respecto afirmaba: (La mayor parte de los que en Francia hablan contra la descentralización no quieren, en el fondo, des­truirla; unos, porque detentan el poder, y los demás, porque esperan obtenerlo. Les ocurre lo que a los pretorianos, que sufrían de buen grado la tiranía del emperador porque cada uno de ellos podía llegar, algún día, al Imperio. La descentralización, al igual que la libertad, es algo que los jefes del pueblo prometen, pero nunca conceden. Para obtenerla y conservarla el pueblo no debe contar más que con su propio esfuerzo; y si el mismo no tiene la voluntad de tal cosa, el mal carece de remedio».[xii]

 

En el presente siglo, desde la experiencia de la mencionada anterior­mente Liga Costeña, el Caribe colombiano, al igual que otras regiones del país ha estado luchando en contra del centralismo y de la andinización del país. Particularmente en Colombia ha sido de mucha importancia la participación de los congresistas de la Costa Atlántica en la discusión y aprobación de los citados artículos.

 

Hemos de considerar que al hablar de región observamos que su defini­ción posee diversas acepciones. Tomando como referencia lo geográfico, lo económico, lo natural, lo histórico o lo socio-cultural, hablaremos de región geográfica, región económica, región natural, entre otras. Para efectos de este trabajo, nos apoyaremos en la definición de Joseph Leve, quien la con­sidera como una unidad integralmente relacionada con otra mayor e interdependiente con otras regiones; posee un tamaño geográfico y una lo­calización definida; tiene un conjunto de subregiones contiguas entre sí; ge­nera una serie de lealtades por parte de sus habitantes, las cuales en teoría están subordinadas a una unidad mayor, en este caso el Estado nacional.[xiii]

 

El concepto de región política, objeto de nuestro estudio, está vinculado a la evolución de los Estados nacionales, teniendo como punto de partida la Revolución Francesa. Al darse la organización política de las naciones con­temporáneas fue siendo evidente que en ellas existían zonas con elementos comunes que las cohesionaban, sin que por eso perdiera su sentido de unidad el Estado nacional. Tomando como base elementos culturales, sociales y eco­nómicos, se fueron organizando las regiones,[xiv] que luego ya tuvieron una connotación jurídico-política, lo cual permitió que éstas sirvieran como criterio ordenador del Estado o con instrumento de planificación del mismo.

 

Los antecedentes más inmediatos en materia de regionalización tu­vieron lugar a raíz de la constitución de los Consejos Regionales de Pla­nificación o Corpes, a partir de 1985. El territorio colombiano se dividió en cinco grandes regiones a fin de planificar el desarrollo nacional. Pese a su corta existencia, y a sus limitaciones legales, los Corpes mostraron que era posible fortalecer la integración económica y social, e hicieron posible que las iniciativas de la Costa Caribe fuesen tenidas en cuenta en el presupuesto nacional.[xv]

 

La ley establece que las regiones autónomas, una vez constituidas como entes territoriales, estarán en capacidad de gobernarse por autoridades propias, administrar sus propios recursos naturales y establecer los tribu­tos necesarios para el cumplimiento de sus nuevas responsabilidades.

 

La normatividad sobre organización territorial del poder público posi­bilita su estructuración desde los niveles más cercanos al ciudadano (munici­pios, distritos, comunas y corregimientos) hasta los ámbitos que históricamente le han correspondido a la nación, particularmente, en lo con­cerniente al manejo económico y social y a la administración de los recursos naturales. Según la visión de algunos, regionalizar al país significa “una redistribución territorial del poder político, que transfiere funciones y recur­sos nacionales a los entes regionales para que gran parte de las atribuciones del Estado-Nación, hoy asignadas a una entidad lejana, sean ejercidas por autoridades más cercanas a los ciudadanos. Las funciones que asumirán las regiones serán aquellas nacionales que no rompen el carácter unitario de la república y que, por su complejidad, no pueden ser ejercidas en los microespacios departamentales, municipales, distritales e indígenas”. [xvi]

 

El reconocimiento de la región en la Constitución Política de Co­lombia, con la posibilidad de convertirse en un ente territorial, con ma­yores competencias y autonomía, ha generado muchísimas expectativas en el país. Pequeños municipios abrigan la esperanza de que unidos a una región, que identifique sus problemas como propios, podrán tal vez en el futuro ser territorios más prósperos. Pese al camino transitado y a los éxitos observados a partir de los años ochenta en materia de descentra­lización administrativa, los contradictores de ésta y de la regionalización, atribuyen como principal causa del déficit fiscal por el que atraviesa la eco­nomía nacional desde la década de los noventa, el régimen de transferencias destinado a las entidades territoriales.[xvii] Estos sectores críticos de la descen­tralización se olvidan de tomar en cuenta al realizar su balance que el déficit fiscal actual está íntimamente ligado más bien al aumento de la burocracia estatal, al manejo del fisco con criterios clientelistas, al crecimiento desme­dido de la corrupción administrativa (que ha conducido a que Colombia esté ubicada en uno de los primeros lugares del mundo en cuanto a corrupción) manifiesto en casos como el del Seguro Social, Dragacol y las dudosas coo­perativas de ahorro, en las que se consignaron sin reparo cuantiosas sumas de dinero estatal sin que luego hubieran podido recuperarse.

 

En otra instancia, partimos de la base de que para alcanzar una plena regionalización político-administrativa, primero debe demostrarse que la des­centralización contribuye a una mayor eficiencia en el manejo y distribución de los recursos. Asimismo, la descentralización tiene sentido a medida que presumiblemente capta mejor las diversas necesidades de los ciudadanos.

 

Ahora bien, es de anotar que la descentralización administrativa y la descentralización financiera están entrelazadas, en la medida en que la primera no puede adelantarse sin la segunda. Incluso si la descentraliza­ción administrativa no se acompaña de la descentralización financiera sería más preciso hablar de una renuncia por parte del Estado a sus obli­gaciones en deterioro de las entidades locales.[xviii]

 

Debilidades del proceso de descentralización y regionalización en Colombia


Así como la descentralización y el proceso hacia la constitución de entes territoriales autónomos son una oportunidad histórica para supe­rar el atraso de las regiones más pobres de Colombia, así también el camino hacia la Región presenta muchísimas dificultades y altibajos. En primera instancia debe señalarse que si bien es cierto que los municipios del país tienen ahora mayores recursos para la inversión so­cial, de igual manera éstos a su vez han adquirido mayores responsabili­dades y gastos. Es así como la falta de experiencia o la mala administración de algunos nuevos alcaldes puede ser también otra dificultad para la distribución racional de los recursos. En otras palabras, el equilibrio ad­ministrativo-financiero de los municipios “no depende solamente del di­nero que la nación otorga sino también de la responsabilidad de éstos y sus capacidades de dosificar las inversiones según la importancia de los problemas”.[xix] Como lo muestran claramente Blanquer y Fajardo en su investigación sobre descentralización, frecuentemente no existe una re­lación de racionalidad armónica entre las necesidades de los municipios y las inversiones que en éstos se hacen.

 

Otros ejemplos más recientes de desafortunadas inversiones del di­nero público, que no se han visto compensadas con resultados exitosos, nos lo presenta el editorial del periódico El Tiempo.[xx]

 

Con respecto al sistema de transferencias, se observa cómo éste no se ajusta a las necesidades de las entidades regionales, ya que no fue diseñado a fin de compensar equitativamente sus necesidades sociales y menor capacidad financiera. Por el contrario, con la implementación de la Ley 12 de 1986, el Impuesto de Valor Agregado, IVA, se cedió a cada región de acuerdo con el tamaño de su población. Es decir, se asignaban más recursos a las entidades locales con mayor concentración poblacional, los cuales en general eran los de menores necesidades relativas y con más capacidad fiscal propia. Esto tuvo que reformularse, a partir de la Ley 60 de 1993,[xxi] pero con muchas limitaciones, debido a que dicha ley estipuló un lapso de transición de cinco años, en el que se mantienen en alguna medida los propósitos de la Ley 12. Sin embargo, con la Ley 60 se inclu­yó el criterio de pobreza para definir el reparto de las transferencias desde la nación hacia los municipios, con lo cual se espera que esto se vaya reflejando en las regiones históricamente más atrasadas, como es el caso de la Costa Caribe colombiana.[xxii] Cabe señalar algunas críticas que distintos especialistas han realizado a la Ley 60. Una se refiere al princi­pio de subsidiariedad (principio estipulado en el artículo 288 de la Cons­titución), el cual sirve de referente orientador de la misma para la aplicación de las competencias de los diferentes niveles. Lo cuestionable es que el principio en mención permite que las competencias de un nivel de gobierno se traspasen a otro inmediatamente superior cuando no se han cumplido las responsabilidades asignadas. Por lo cual, “el sistema de subsidiariedad se convierte en escape para los gobiernos que no tengan la oportunidad de asumir sus competencias y no enfrenten las consecuen­cias de prestar un mal servicio a la comunidad”.[xxiii]

 

Por otra parte, se presume que los resultados de la descentralización van más allá del simple aumento de las coberturas a los municipios. Es decir, deben también incluir calidad y sostenibilidad de los servicios. O mejor, tomando como ejemplo la educación y la salud, es preciso tener presente que “no es suficiente lograr el acceso universal a la educación de los niños, sino procurar que ésta ofrezca un nivel de enseñanza y co­nocimientos adecuados para hacerlos más competitivos y productivos en el futuro, Asimismo, no basta con conectar las viviendas a las redes de acueductos y alcantarillado, sino garantizar que el servicio sea perma­nente y con agua de buena calidad para el consumo humano”. [xxiv]

 

Finalmente, a manera de conclusión de este punto queremos señalar varios factores que a nuestro juicio consideramos como grandes debili­dades del proceso de descentralización en Colombia. En primer lugar, la inexistencia o, en otros casos, la deficiencia de información sistemática por sectores contribuye a que desde arriba o, si se quiere, desde el go­bierno central, se tracen inversiones sin un conocimiento preciso sobre las necesidades reales de los municipios. Esto equivale a decir que no existen políticas acertadas, en parte porque se desconoce la verdadera dimensión de la problemática en cada región. En segunda instancia, el bajo desarrollo institucional de los entes territoriales afecta enormemen­te la gestión de sus gobernantes. Por ejemplo, en la Costa Caribe colom­biana y en otras regiones del país encontramos municipios en los que su oficina de planeación no tiene bien definidos sus planes de desarrollo y, por tanto, cuando llegan las transferencias, se desconocen cuáles deben ser las prioridades de inversión, porque no se sabe con exactitud la mag­nitud de las necesidades por sectores.

 

Pese a que entendemos las bondades de la descentralización y la re­gionalización, simultáneamente compartimos el punto de vista del inves­tigador Adolfo Meisel Roca, quien al respecto señala que no sólo la regionalización es la única vía con la cual podemos contar para equilibrar las diferencias entre los municipios y departamentos más pobres y los ricos. Existe además el incentivo a la inversión industrial utilizando la rebaja de impuestos, o por medio de programas de inversión pública en áreas estratégicas.[xxv]

 

Por otra parte, con respecto a la descentralización las posiciones tien­den a polarizarse, entre quienes ven en ella “un concepto mágico, capaz de producir por sí sólo un cúmulo de cambios sociales y los que consideran la descentralización casi en términos demonológicos como el último ataque sobre lo que queda del Estado del bienestar o sobre los remanentes ideali­zados de un orden social irremediablemente condenado a su reemplazo”.[xxvi]

 

Balance de la descentralización. El caso del Caribe Colombiano

 

Generalidades del Proceso de Descentralización

 

En este aparte se dará cuenta de lo que ha sido el proceso de descen­tralización y su incidencia en la Costa Caribe colombiana, para al final centrarnos en el tema de la educación.

 

Como ya lo hemos señalado anteriormente, la descentralización en Colombia impactó y sigue impactando a las regiones, debido a las gran­des posibilidades de cambio, que se convierten en retos, para la adminis­tración del Estado y la gestión pública tanto nacional como local. Dentro de estos cambios, podemos mencionar: nuevos esquemas de asignación de recursos especialmente en la inversión social, mejoramiento de la co­bertura de los servicios públicos, mejoramiento de la calidad de éstos, incremento en la capacidad de ejecución de las regiones y nuevos esque­mas de participación del ciudadano en la administración de los bienes públicos, con sus respectivos mecanismos de control.

 

El camino de la descentralización en nuestro país, especialmente en la década de los 80, se fundamentó en cuatro aspectos: “El fortalecimiento de los fiscos municipales y departamentales; el incremento en la transferencia del IVA la elección popular de alcaldes y la reforma constitucional de 199”.[xxvii] Y las Leyes 14 de 1983 y 12 de 1986, que respectivamente se refieren a la modernización de la administración tributaria en los entes territoriales y al fortalecimiento de los fiscos locales a través de las transferencias del IVA, convirtiéndose en pilares fundamentales de la nueva visión del país.

 

Las principales transferencias que sostienen el proceso de descen­tralización son el situado fiscal, “que a partir del año de 1986 correspon­de al 24.5%, recursos que deben ser destinados por los departamentos y distritos a cubrir los servicios de salud en los distintos niveles de aten­ción, de educación preescolar, primaria, secundaria y media. Y la partici­pación en los Ingresos Corrientes de la Nación, que ascenderán al 22% en el año 2000”[xxviii]. Éstos deben beneficiar a municipios, distritos y res­guardos indígenas, sustentándose en criterios como el nivel relativo de pobreza de los habitantes de la región, la eficiencia fiscal y administrativa de los entes territoriales, el tamaño de la población y los índices de mejo­ramiento de la calidad de vida los ciudadanos.

 

Para asumir los cambios propuestos por la descentralización, hubo la necesidad de especificar los niveles de responsabilidad de la nación, los departamentos y municipios de la siguiente manera:

Corresponde a la nación formular el Plan Nacional de Desarrollo y las políticas y objetivos que guíen el rumbo del país. Además debe idear normas y mecanismos financieros que impulsen su ejecución y logro. También organizar y desarrollar programas de crédito, y definir reglas para la prestación y organización de los servicios que se brindan a través de las entidades territoriales; ejercerá finalmente como órgano supervi­sor y de control del cumplimiento de políticas, planes y programas.

 

Corresponde al departamento actuar “en función” de los munici­pios, convirtiéndose en su apoyo para la prestación de los servicios. Sólo en los sectores de salud y educación será ejecutor, desde una perspectiva de proceso gradual de transferencia de estos servicios a nivel municipal. Otra de sus responsabilidades, que los constituye como elementos fun­damentales en el proceso de descentralización, es su ubicación dentro del Ordenamiento Territorial, en el cual cumplen el rol de articuladores de la gestión intergubernamental, sustentando su gestión en la coordina­ción, complemento y subsidiariedad de la acción del Estado.

 

Corresponde a los municipios el “nivel básico” de ejecución de las políticas y programas del Estado; deben prestar los servicios, de cuya calidad y cobertura son responsables, y desarrollar obras de interés lo­cal. Los municipios son autónomos en su localidad, como también lo son  para adjudicar recursos, definir gastos y montos presupuestales de las inversiones de su localidad, y fijar impuestos, tasas, contribuciones y ta­rifas de obligatoriedad tributaria.[xxix]

 

Caracterización de la región Caribe colombiana[xxx]

 

La Costa Caribe colombiana cuenta aproximadamente con ocho millones de habitantes, que representan el 21.3% de la población total del país. Demográficamente creció 2.92% entre 1973 y 1985, crecimien­to que superó en 6% al del resto del país. Según datos de DANE en el censo de 1993, 52% de sus habitantes son pobres, frente á un 37% en todo el país; en cuanto a la población en condiciones de miseria, en la zona es de 28%, nivel que casi es el doble del promedio nacional.

 

Territorial ente el Caribe colombiano está constituido por ocho de­partamentos, tres distritos y 175 municipios. El sustento económico de la región se basa en las actividades extractivas y de servicios, en tanto que los sectores agropecuarios e industrial, que en el pasado eran de gran peso, han perdido su nivel de envergadura; en 1980 el primero de ellos, generaba el 26% del PIB, pasando en 1984 a generar sólo el 19%; el segundo pasó del 18% de participación en el PIB al 12% en el mismo lapso de tiempo.

 

Los departamentos de Cesar, Sucre y Córdoba sustentan su economía en el renglón agropecuario; Guajira y Córdoba han sufrido asimismo cam­bios importantes en la composición del producto ya que en sus territorios se ha presentado el desarrollo de grandes proyectos mineros: El Cerrejón, la mina de carbón a cielo abierto más grande América Latina en el primero; y Cerromatoso, mina de producción de níquel, en el segundo.

 

En materia social es crítica la situación del Litoral Caribe. “En 1993 la región registra un nivel de analfabetismo del 16%, en tanto que en el país un 10% de la población mayor de 15 años no sabe leer ni escribir. La cobertura neta en primaria para el año de 1995 es de 82.4%, y en secunda­ria del 40%, lo que está significativamente lejos de lograr el cubrimiento universal. Las tasas de mortalidad infantil se aproximan a 40 por mil, siete puntos por encima del promedio nacional. La cobertura en acueducto para el año 1996 alcanzó el 75% y la de alcantarillado el 54%”[xxxi]

 

Ahora bien, la Costa Caribe históricamente ha estado rezagada del resto del país. Particularmente, desde finales de los años cuarenta y más aún, desde la década de los cincuenta. Es así como, tomando como refe­rencia un trabajo de Meisel, observamos que entre 1950 y 1989, esta región tuvo “una tasa anual de crecimiento de menos de la mitad del total nacional y sólo comparable con la de los países del África Tropical”[xxxii]. El estudio de las causas del atraso de la Costa Caribe rebasa los objetivos de este trabajo5 aunque todos sabemos que está ligado al modelo económico del Estado y al excesivo centralismo.

 

Destinación del gasto en la región Caribe colombiana

 

La distribución y destino de los recursos para promover el proceso de descentralización en la Costa Atlántica obedece a la dinámica general del país; este proceso ha sido “polidireccional marcado por la disparidad de visiones y propósitos que lo han animado”[xxxiii]. Asimismo, el modelo de planeación de la descentralización responde a un criterio sectorial, por lo que el municipio debe planificar y presupuestar su gestión bajo esta óptica de desconcentración de funciones de los diferentes sectores, generándose un modelo de “descentralización por servicios”.

 

Los sectores definidos en el proceso de descentralización como prio­ritarios para propiciar el desarrollo social y humano de las regiones son: salud, educación, agua potable, vivienda, desarrollo agropecuario y desa­rrollo vial. La competencia de cada uno de ellos a nivel municipal se puede resumir de la siguiente manera:



Salud: prestar atención básica a los habitantes de la zona, organizan­do el Sistema Local de Salud. Crear dependencias de participación y con­trol social’ del servicio, contratar del personal necesario para el desarrollo del área, construir y mantener las instalaciones hospitalarias y financiar el Régimen Subsidiado de Seguridad Social; también será de su compe­tencia adelantar programas de prevención de enfermedades y promoción de la salud, y crear el Consejo Municipal de Seguridad Social en Salud.

 

Educación: prestar y garantizar el servicio de educación básica, lo que implica la contratación de docentes y personal administrativo, la cons­trucción y dotación de colegios, y la construcción y dotación de escena­rios deportivos. Es de mandato obligatorio que los municipios creen la Junta Municipal Educativa, JUME, foro educativo municipal que se cons­tituirá en instancia de participación, y un ente deportivo municipal.

 

Agua potable: garantizar a los ciudadanos el acceso al servicio a tra­vés de la constitución de empresas de servicios públicos, cuando sea el municipio quien deba prestarlo directamente. Si el servicio es promovido por el departamento o la nación, debe apoyarse con inversión a la empre­sa encargada para tal fin. Obligatoriamente debe crear Fondos de Solida­ridad y Redistribución de Ingresos.

 

Vivienda: el municipio procurará albergue de calidad a los estratos menos favorecidos socioeconómicamente, y para tal fin creará Fondos de Vivienda de Interés Social.

 

Desarrollo agropecuario: prestar asistencia técnica agropecuaria a los pequeños productores, de manera directa, cubriendo los ámbitos agra­rio, pecuario, forestal y pesquero. Esto lo hará bajo la figura de la Umata como órgano técnico, y del Consejo Municipal de Desarrollo Rural, como órgano y espacio de concertación.

 

Desarrollo vial: establecerá las prioridades del sector vial en los pla­nes de desarrollo, financiando y cofinanciando la construcción y conser­vación de las vías urbanas y suburbanas de su localidad; destinará además recursos para indemnizaciones en la adquisición de predios destinados a obras de infraestructura vial y protegerá la propiedad pública aledaña a carreteras nacionales y adquirida como reserva para el mantenimiento y ensanchamiento de la red de vías.

 

Para cada uno de estos sectores, los municipios de la región Caribe destinan entonces sus mejores esfuerzos, traducidos en porcentajes de participación en cuanto a inversión se refiere.

 

De igual manera, entre 1994 y 1996, los recursos destinados a los sectores descritos anteriormente presentaron un incremento importante en su dinámica de crecimiento, siendo la salud la que más repunte pre­sentó, ya que los municipios de la Costa le asignaron $53.679 millones en 1994, y en 1996 recibió una asignación de $116.220 millones, lo que le significó un crecimiento del 116%: en segundo plano aparece la educa­ción, que creció durante el mismo período en un 81%, pasando de $104.870 millones en 1994 a $190.413 millones en 1996. Los otros sec­tores mostraron el mismo comportamiento.

 

El caso del sector educación en el proceso de la descentralización de la costa Caribe colombiana

 

Según la Dirección Nacional de Planeación, DNP, entre 1994 y 1996, la asignación de recursos en este sector se concentró en el pago al perso­nal docente, infraestructura, dotación y provisión de material didáctico, financiación de becas y otros programas; para 1994 el 42% se invirtió en la nómina, el 40% en infraestructura, el 8% en dotación y material di­dáctico y el 10% en otros programas.

 

En 1995, la región destinó el 62% al pago de docentes, el 23% a infraestructura, el 5% a dotación y material educativo y el 10% a otros programas. Se notará el incremento de inversión en el pago a los docen­tes, hecho que se explica principalmente por la sentencia C-520 de la Corte Constitucional, “que determina, bajo el principio de igualdad de derechos, el mismo tratamiento laboral que tienen los docentes con vin­culación de planta a aquellos vinculados con contrato”[xxxiv].  Esto significó que los municipios tuvieron que adicionar a sus plantas de personal a todos los docentes contemplados en esta situación, lo que trajo como consecuencia el aumento de los costos de salarios y prestaciones para el rubro de pago a docentes en este año, en comparación con 1994.

 

En 1996 los porcentajes de inversión en el sector reportaron los siguientes datos: pago a docentes 59%, infraestructura 23%, dotación y material didáctico 5%, y otros programas 14%; con lo cual se puede discernir que en este período la asignación varió poco en cada uno de los rubros, excepto el caso de pago a docentes en 1995 por la situación expli­cada anteriormente. También cabe afirmar que en este período las dife­rencias entre los gastos de las capitales y el resto de municipios mostraron las siguientes tendencias: las capitales hacen su mayor inversión, repre­sentada en un 73%, en el pago a docentes, y que el resto de los munici­pios sólo el 48%, mientras que “la proporción del gasto en infraestructura y material didáctico en el resto de municipios es casi tres veces el gasto de las capitales por dicho concepto”[xxxv].

 

Tomando como fuente las ejecuciones presupuestales de los munici­pios, citadas en el documento “Inversión territorial y descentralización en la Costa Caribe” (Fundesarrollo 1996), se llega a concluir que la in­versión y el gasto en el sector educativo de la región aumentaron durante 1994 a 1996 en tasas reales superiores al 40%. La distribución de este crecimiento ha mostrado una tendencia de concentración en el rubro de pago a docentes, fundamentada en dos hechos importantes, en 1995 por una sentencia sobre igualdad de derechos de la Corte Constitucional, y en 1996 por las negociaciones salariales entre los sindicatos de profeso­res y el gobierno. En promedio, el rubro pasó de representar el 42% a cerca del 60% en este lapso, lo cual se refleja en la dificultad para inver­tir en los demás rubros, poniendo freno a acciones que posibilitan el mejor desarrollo del sector.

 

Dos de los indicadores más importantes en los avances del sector edu­cación en la región son la cobertura y la calidad. En la tasa neta de escolarización para la educación básica en cada uno de los departamento de la Costa, comparándola con los resultados del centro oriente y el occi­dente del país en 1993 y 1995, se observa que la región presenta unos resultados alentadores para el indicador de cobertura, logro que se susten­ta en el esfuerzo de los municipios para la destinación de recursos, repre­sentado en un 81% de crecimiento real entre 1994 y 1996, como también en la preocupación e inversión en infraestructura y contrato a nuevos docentes. Aquí volvemos al comentario de la nivelación salarial ocurrida en 1995 y 1996, que se salió del control de los entes territoriales, dado que ésta respondió a decisiones de hecho y de derecho de obligatorio cumpli­miento. Esta nivelación salarial seguirá impactando al sector en los años venideros, especialmente en lo que a cobertura se refiere, ya que condicio­nará la inversión y permitirá menos flexibilidad en el manejo de acciones que podrían revertirse en mejoramiento de la calidad (dotación, capacitación docente, asistencia técnica, desarrollo institucional, entre otros).

 

En cuanto a la calidad de la educación básica en la región, a diferen­cia de la cobertura, no se ha presentado avance significativo. En 1996, “de acuerdo con las estadísticas del Icfes, el 84% de los colegios públi­cos se encuentran clasificados en la categoría de bajo rendimiento, evi­denciando la pésima calidad de la educación recibida por los bachilleres”.[xxxvi]

 

La pregunta sería: ¿a qué se debe este hecho? Se observa que el porcentaje de financiación con recursos propios que destinan los depar­tamentos y municipios de la Costa Atlántica para el pago de docentes es mayor que el que asignan otras regiones del país con mayor y mejor capa­cidad financiera, lo cual muestra inequidad para la región Caribe, trayen­do como consecuencia entre otras que la inversión para la atención de las variables de Calidad, como son la pertinencia de los currículos, el tiempo efectivo de clase, la capacitación docente, textos educativos y materiales didácticos adecuados, dotación de laboratorios y bibliotecas y niveles de aprestamiento previo para los niños que ingresan al primer grado, sean aplazadas y sin visos de proyección a corto o mediano plazo, debido a que los recursos para los próximos años continúan sujetos a los ajustes salariales. Esto hace que la situación de la calidad en la educación sea incierta a futuro, pues se convierte en un problema complejo y de difícil abordaje, por pertenecer a la estructura del sistema de descentraliza­ción, y que se necesita plantear estrategias que respondan a las caracte­rísticas específicas de la región y que conduzcan a equilibrar el financiamiento del sector hacia actividades que satisfagan las necesidad de calidad.

 

Aquí cabe destacar los datos de la investigación “Evaluación de la gestión educativa de los municipios de Aracataca, El Banco y Pueblo Viejo en el departamento del Magdalena, para el apoyo al Desarrollo Institucional” realizada por el Centro de Investigaciones en Desarrollo Humano, Cidhum, de la Universidad del Norte, que pueden servir de guía a posibles proyectos de mejoramiento de la calidad de la educación. Según el estudio, se evidencia un aumento en la capacidad de gestión de los municipios a partir de proyectos de fortalecimiento institucional. Y que “a pesar que los resultados muestran el inicio de una cultura de planeación en los municipios, es importante analizar que las situaciones responden actualmente a las posibilidades del contexto local… En estos casos, antes del deber ser de la planeación encontramos el ser, de carácter más individualizado y contextualizado”,[xxxvii] lo cual puede ser tomado como una fortaleza para asumir los cambios del proceso en la región.

 

A manera de conclusión

 

En 1992 fue instalada la Comisión de Ordenamiento Territorial, COT, a fin de que durante tres años elaborase un informe. Con base en sus resultados, se preparó un proyecto de ley orgánica territorial en el cual participaron la Vicepresidencia de la República y el Ministerio del Inte­rior. Finalmente, en 1995 dicha iniciativa se radicó en el Senado. El pro­yecto de ley orgánica propone como principios rectores del proceso de regionalización la autonomía, la descentralización, el pluralismo, el equi­librio, la diversidad e interculturalidad. Asimismo, se plantean reglas para el ejercicio de las competencias entre las entidades territoriales. De igual manera, incluye a la Comisión de Ordenamiento Territorial como una entidad permanente dentro del Ministerio del Interior, y plantea fórmu­las de transición de los Corpes a las nuevas regiones.[xxxviii]

 

Es de anotar que cuando hablamos de regiones, debemos partir de que éstas “no son inmutables, sino que están sujetas a profundos proce­sos de composición y recomposición espaciales, económicos, políticos y especialmente culturales. Esto es el resultado de la progresiva y perma­nente configuración de la nación, de la integración económica y cultural desde hace dos siglos”.[xxxix]

 

Muchos se preguntan por qué ha sido tan activa la participación y ges­tión de la Costa Caribe colombiana en todo el proceso de regionalización. Esto se explica si observamos que la región en la actualidad sigue siendo la más pobre del país, con un PIB que en todos los departamentos, con excep­ción de La Guajira, cuya economía ha sido reforzada por la explotación de las minas de carbón de El Cerrejón, está por debajo del promedio nacional. El activismo que mantuvieron los congresistas y representantes de la Costa en el proceso de discusión y aprobación de la Constitución de 1991 y la inclusión en ella de la figura de región como entidad territorial se basa en esta realidad objetiva que es a todas luces muy injusta.

 

El errático gobierno de Ernesto Samper (1994-1998) no tuvo en el tema de la regionalización una de sus prioridades. Más bien, parece que se hubiera aplazado en el Congreso la discusión sobre la ley orgánica territorial. En el actual momento (2000) tampoco parece ser que, ade­más del proceso de paz, haya otros intereses sobre los cuales trabaje la administración de Andrés Pastrana.

 

Pese a que se ha avanzado en el camino hacia la región, las rivalida­des entre el centro y la periferia del país no han cesado, como tampoco ha dejado de estar presente el que los intereses de los partidos y las leal­tades para con sus jefes políticos muchas veces están por encima de las necesidades de las regiones.

 

El proceso de constituirnos legalmente como un país con entes territoriales autónomos no es ni ha sido fácil.  Se nos presenta como un proceso abierto, con un futuro incierto.  En este camino deberemos tener en cuenta que los países más desarrollados han sido conscientes de la necesidad de hacer más inversiones en educación.  Por eso también desde la región se debe trabajar por el estímulo a esta fundamental meta.

 

Barranquilla, 2001.

 

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NOTAS

*           Ph.D en Historia.  Docente  investigador de la Universidad del Atlántico y Universidad del Norte. Barranquilla, Colombia. Vicepresidente de la ADHILAC Internacional.

 

[i] Múnera, Alfonso. “Antecedentes históricos de la lucha por la autonomía e integración del Caribe”, 5º Foro del Caribe Colombiano, Corpes Caribe. Memorias Corpes Costa Atlántica,  Tomo II. Barranquilla, 1993, pág. 507 – 508

 

[ii] Fals Borda, Orlando. “Visión del ordenamiento territorial”; Nueve Historia de Colombia. Editorial Planeta, Santafé de Bogotá. Tomo VIII, Economía y Regiones, 1998. pág. 192

 

[iii] Ibíd., pág. 193.

 

[iv] Bell Lemus, Gustavo. Meisel Roca, Adolfo. “La Región Caribe: trayectoria de un regionalismo ambiguo”. Nueva Historia de Colombia, Tomo VIII, Economía y regiones, 1998. pág. 255 – 257

 

[v] Aunque son innumerables los trabajos a este respecto cabe mencionar las investigaciones de Archila, Mauricio; Medina, Medófilo; Gallón Giraldo, Gustavo; Ayala, Cesar; Fals Borda, Orlando; Sánchez, Gonzalo; Pizarro, Eduardo; Alape, Arturao, sobre movimiento obrero, protesta urbana, terceras fuerzas, insurrección en las provincias y movimientos guerrilleros.

 

[vi] Forero P, Clemente. Hidalgo, Carolina. Et al. Descentralización y participación ciudadana. Tercer Mundo Editores, Universidad Nacional de Colombia. Santafé de Bogotá, 1997. 1ª Edición. Pág. 14 – 15

 

[vii] También en 1986, por medio de la Ley 11, se facultó a los concejos municipales para dividir el territorio municipal en comunas (áreas urbanas) o en corregimientos (área rurales) encabezados cada uno por una Junta Administradora Local, JAL. El propósito de tal entidad era propiciar que la participación descendiera incluso a los barrios a través de la colaboración ciudadana en los planes de desarrollo de su zona.

[viii] Matsusaka, John. “Fiscal Effects of de Voter Initiative: Evidence from the last 30 years”. Journal of Political Economy, Vol. 103, 1995. Citado por Forero, Clemente. Et al,. Op. Cit,. Pág. 194.

 

[ix] Sobre este tema, véase el capítulo “Algunas características regionales de Colombia”, en: Tirado Mejía, Alvaro. Descentralización y centralismo en Colombia. Fundación Friedrich Naumann, Editorial Oveja Negra, 1ª Edición. Santafé de Bogotá, 1993. pág. 41 – 59

 

[x] Fals Borda, Orlando. “Tenemos que regionalizar sin destruir la nación”. 5º Foro del Caribe Colombiano, op. Cit., pág. 572

 

[xi] Posada Carbó, Eduardo. “El regionalismo político en la Costa Caribe Colombiana”, en El rezago de la Costa Caribe Colombiana, Haroldo Calvo y Adolfo Meisel (Editores). Banco de la República, Fundesarrollo. Santafé de Bogotá, 1999. pág. 343 – 344.

 

[xii] De Tocqueville, Alexis. La democracia en América. Fondo de Cultura Económica, México, 1957 (la primera edición francesa se publicó en 1835). Cursiva de los autores. Citado por: Tirado Mejía, Alvaro. Descentralización y centralismo en Colombia. Pág. 23.

 

[xiii] Love, Joseph. Monografías Ceres Nº 5. Universidad del Norte. Barranquilla, 1993. pág. 4

 

[xiv] Bell Lemus, Gustavo. García Iragorri, Alexandra. Et al. Dos modelos diferentes de organización territorial político administrativo para la Costa Caribe Colombiana: costos y beneficios. Ediciones Uninorte, Colciencias. Barranquilla 1999.

 

[xv] Bell Lemus, Gustavo. García Iragorri, Alexandra. Et al.. Ibíd.. pág. 160

 

[xvi] Roca, Wilson. “Autonomía y desarrollo regional”. Documento Ceres Nº 11, La Región Caribe. Perspectivas y posibilidades. Universidad del Norte, Barranquilla, 1993. pág. 18

 

[xvii] Cabrera Saavedra, Carlos Augusto. “El problema de las transferencias territoriales”. Revista Javeriana, Número 638, Tomo 129. Santafé de Bogotá, 1997. pág. 177 – 178.

 

[xviii] Blanquer, Jean Michel. Fajardo, Darío. La descentralización en Colombia. Estudios y Propuestas. Instituto Francés de Estudios Andinos. Universidad Nacional de Colombia. Santafé de Bogotá, 1991. pág. 25.

 

[xix] Ibíd., pág. 29

 

[xx] El primero, es de la Autopista Norte de Bogotá, en la cual se gastaron tres mil millones de pesos (cerca de dos millones de dólares) en tres paraderos de buses pese a que en dicha zona éstos no transitan. Otro caso sucedió en el departamento de Tolima, en donde se invirtieron doce mil millones de pesos (cerca de ocho millones de dólares) en importantes canales de riego y sin embargo, el gobierno central, acorde con su tónica de austeridad fiscal, se abstuvo de invertir los once mil millones de pesos restantes para concluir la obra, lo cual pone en riesgo la elevada inversión. El Tiempo, abril 4 de 1999. pág. 4

 

[xxi] Que reglamentó los artículos 356 y 357 de la Constitución Política, estableciendo las competencias que en áreas como salud, educación, vivienda, agua potable y otros servicios públicos deberán asumir la Nación, los departamentos, los distritos y los municipios.

 

[xxii] Inversión Territorial y Descentralización en la Costa Caribe. Departamento Nacional de Planeación, DNP, Fondo Nacional de Proyectos para el Desarrollo, FONADE, Fundación para el Desarrollo Caribe, Fundesarrollo. Edifami Impresores. Santafé de Bogotá, 1997. pág. 124 – 125.

 

[xxiii] Forero, Clemente. Et al. Op. Cit. Pág. 169.

 

[xxiv] Ibíd. Pág. 112 – 113

 

[xxv] Meisel Roca, Adolfo. “Autonomía o integración. Reflexiones en torno al problema de la Costa Caribe”. Documento CERES Nº 11. “La región Caribe. Perspectivas y posibilidades”. Universidad del Norte, 1993. pág. 41.

 

[xxvi] Boisier, Sergio. “¿Puede la descentralización ayudar a la equidad?”. Estudios Regionales, Nº 32. Universidad de Andalucía, 1992. pág. 46.

 

[xxvii] Inversión Territorial y Descentralización en la Costa Caribe. Op. Cit., pág. 5

 

[xxviii] Ibíd. Pág. 7.

 

[xxix] Huertas Porras, Tito. “La descentralización por servicios”. Revista Javeriana Nº 65. Santafé de Bogotá, 1996. pág. 348.

 

[xxx] Los datos de este aparte fueron suministrados por el DANE, en el censo de 1993, y de estadísticas de 1995.

 

[xxxi] Inversión Territorial y Descentralización en la Costa Caribe. Op. Cit. Pág. 3.

 

[xxxii] Meisel Roca, Adolfo. Ibíd.. pág. 35.

 

[xxxiii] Huertas Porras, Tito. Op. Cit. Pág. 345.

 

[xxxiv] Inversión Territorial y Descentralización en la Costa Caribe. Op. Cit. Pág. 58

 

[xxxv] Ibíd. Pág. 60

 

[xxxvi] Ibíd. Pág. 70

 

[xxxvii] Informe de la Investigación “Evaluación de la gestión educativa de los municipios de Aracataca, El Banco y Pueblo Viejo en el departamento del Magdalena, para el apoyo al Desarrollo Institucional”. Universidad del Norte. Barranquilla, 1997. pág. 27.

 

[xxxviii] Fals Borda, Orlando. “Visión del ordenamiento territorial”. Ibíd.. pág. 199 – 200.

 

[xxxix] Zambrano, Fabio. “Grandes regiones de Colombia”. Nueva Historia de Colombia. Ibíd.. pág. 206.

 

Ariadna Tucma Revista Latinoamericana. Vol. 1 a 4. 2006-2009


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