{"id":7698,"date":"2025-05-30T20:03:06","date_gmt":"2025-05-30T23:03:06","guid":{"rendered":"https:\/\/www.ariadnatucma.com.ar\/?p=7698"},"modified":"2025-06-04T20:40:32","modified_gmt":"2025-06-04T23:40:32","slug":"sexualidad-y-autonomia-corporal-discusiones-para-la-defensa-del-derecho-al-aborto","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.ariadnatucma.com.ar\/?p=7698","title":{"rendered":"Sexualidad y autonom\u00eda corporal: discusiones para la defensa del derecho al aborto"},"content":{"rendered":"\n<div class=\"wp-block-cover alignfull has-custom-content-position is-position-bottom-right\"><span aria-hidden=\"true\" class=\"wp-block-cover__background has-background-dim\" style=\"background-color:#7c7c74\"><\/span><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" width=\"678\" height=\"280\" class=\"wp-block-cover__image-background wp-image-7702\" alt=\"\" src=\"https:\/\/www.ariadnatucma.com.ar\/wp-content\/uploads\/2025\/05\/aborto-legal-02.jpg\" data-object-fit=\"cover\" srcset=\"https:\/\/www.ariadnatucma.com.ar\/wp-content\/uploads\/2025\/05\/aborto-legal-02.jpg 678w, https:\/\/www.ariadnatucma.com.ar\/wp-content\/uploads\/2025\/05\/aborto-legal-02-300x124.jpg 300w\" sizes=\"auto, (max-width: 678px) 100vw, 678px\" \/><div class=\"wp-block-cover__inner-container is-layout-flow wp-block-cover-is-layout-flow\">\n<p>Juan Luis Condori Gutierrez*<\/p>\n<\/div><\/div>\n\n\n\n<p><strong>Resumen<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>El derecho al aborto es una facultad de las mujeres para asumir con libertad la interrupci\u00f3n de la gestaci\u00f3n haci\u00e9ndose responsable en la autonom\u00eda de su propio cuerpo. No obstante, esta capacidad se ha visto discutida desde diversas voces colmadas de moralidad y religiosidad con el af\u00e1n de controlar estas decisiones e instrumentalizarlas en unas normas regulatorias y prohibitivas desde el Estado. De hecho, el control del cuerpo femenino desde el fuero p\u00fablico se ha impregnado para moldear la sexualidad y el g\u00e9nero, acallando las luchas y reivindicaciones de las mujeres en el ejercicio de sus derechos reproductivos.<\/p>\n\n\n\n<p>Por tanto, el prop\u00f3sito del ensayo es destacar los argumentos de discusi\u00f3n, a partir del an\u00e1lisis de las ideas de Fl\u00e1via Biroli, investigadora dedicada al estudio de las pol\u00edticas sobre el aborto como derecho fundamental de las mujeres en escenarios democr\u00e1ticos, reflexionando la posibilidad racional de dichas pol\u00edticas, justificando en otras palabras, de que los sujetos femeninos deben actuar con autonom\u00eda y responsabilidad sobre sus cuerpos, sin limitar sus decisiones a cuestionamientos morales, religiosos o pol\u00edticos; y a la vez, exigir que el Estado vele por una salubridad y atenci\u00f3n m\u00e9dica oportuna, reduciendo los riesgos de exponer sus vidas en centros de atenci\u00f3n abortivas clandestinas e infrahumanas.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Palabras clave: <\/strong>Derecho al aborto, Sexualidad, Autonom\u00eda, Democracia, Discurso conservador<\/p>\n\n\n\n<!--more-->\n\n\n\n<p><strong>Abstract<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>The right to abortion is a faculty that allows women to freely decide on the termination of pregnancy, taking responsibility for their own bodies with autonomy. However, this capacity has been widely contested by voices laden with morality and religiosity, aiming to control these decisions and instrumentalize them through regulatory and prohibitive state policies. In fact, the public sphere has historically exercised control over women&#8217;s bodies to shape sexuality and gender, silencing women&#8217;s struggles and demands for the exercise of their reproductive rights.<\/p>\n\n\n\n<p>Therefore, the purpose of this essay is to highlight key arguments in the debate, based on an analysis of the ideas of Fl\u00e1via Biroli, a researcher dedicated to studying abortion policies as a fundamental right for women in democratic contexts. This analysis reflects on the rational feasibility of such policies, arguing that women should act with autonomy and responsibility over their own bodies, without limiting their decisions to moral, religious, or political considerations. At the same time, it asserts the need for the state to ensure proper healthcare and timely medical attention, reducing the risks women face when resorting to clandestine and inhumane abortion facilities.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Keywords:<\/strong> Right to Abortion, Sexuality, Autonomy, Democracy, Conservative discourse<\/p>\n\n\n\n<hr class=\"wp-block-separator has-alpha-channel-opacity\"\/>\n\n\n\n<p><strong>Introducci\u00f3n<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>El derecho al aborto como facultad reivindicativa de las mujeres ha conllevado un complejo camino contrastado entre discusiones y avances moderados para su implementaci\u00f3n jur\u00eddica, m\u00e1s all\u00e1 de las interpelaciones personales, morales y religiosas. El fundamento de la problem\u00e1tica acerca de la disposici\u00f3n de la mujer a decidir la interrupci\u00f3n del embarazo es que se ha preconizado una aparente autonom\u00eda de la persona en nombre de unas libertades constitucionales, cuando el Estado a\u00fan capitaliza su poder sobre las decisiones de los cuerpos femeninos. De hecho, es a trav\u00e9s del cuerpo que el g\u00e9nero y la sexualidad se implican en los procesos sociales, inscritos por las normas culturales y simbolizados sus significados hacia los otros. Esta forma de subordinaci\u00f3n del cuerpo del sujeto al escrutinio p\u00fablico y pol\u00edtico, es el fundamento del problema para la reivindicaci\u00f3n de derechos sexuales y reproductivos. Y es que \u201cel cuerpo tiene invariablemente una dimensi\u00f3n p\u00fablica; constituido cono fen\u00f3meno social en la esfera p\u00fablica, mi cuerpo es y no es m\u00edo\u201d<sup>1<\/sup>. En esta paradoja surge el problema de la autonom\u00eda corporal que se cimenta en el reclamo de las mujeres como sujetos posicionados en diversas categor\u00edas (raza, condici\u00f3n social, sexo, g\u00e9nero); que al mismo tiempo atraviesan las opresiones de la moral y del Estado.<\/p>\n\n\n\n<p>Por ende, la autonom\u00eda corporal es sin duda uno de los fundamentos para la extensi\u00f3n universal de la interrupci\u00f3n del embarazo. Si bien es cierto, que los movimientos progresistas para una pol\u00edtica de control aut\u00f3nomo de los cuerpos, promoviendo la libre elecci\u00f3n del aborto, sea por el momento un proyecto social en marcha, mantiene un prop\u00f3sito mayor de contrarrestar la <em>invariabilidad p\u00fablica<\/em> del cuerpo, constituido como fen\u00f3meno social y entregado hacia los otros desde principios moralistas que en muchos casos son la base de determinados sistemas jur\u00eddicos. Esta dependencia de los cuerpos al sistema moral y normativo del Estado y de sus instituciones tradicionales, convierten a las decisiones individuales, especialmente de las mujeres, en instrumentos de una agenda estructuralmente ideol\u00f3gica que se sostiene en una econom\u00eda de las buenas costumbres, de la vida familiar y de la obediencia a los rituales de fe.<\/p>\n\n\n\n<p>En el Brasil, la pol\u00edtica de la legalizaci\u00f3n del aborto se extendi\u00f3 a fines de los noventas para ciertos casos por excepci\u00f3n, por ejemplo, para los cr\u00edmenes de estupro, consider\u00e1ndose un alcance reivindicatorio para la dignidad de las mujeres. Sin embargo, tambi\u00e9n ha generado que un sector de sociedad brasile\u00f1a muestre actitudes moralistas, desde posturas religiosas y pol\u00edticas, para condenar la libre elecci\u00f3n de las mujeres sobre sus cuerpos. As\u00ed, desde una encarnizada aversi\u00f3n de sectores ligados a las iglesias evang\u00e9licas y a facciones cat\u00f3licas ultraconservadoras, expuestas en las agendas pol\u00edticas de diputados en el Congreso Nacional, en la \u00faltima d\u00e9cada, han construido un discurso pol\u00edtico de rechazo a las libertades de las mujeres en materia de derechos sexuales y reproductivos.<\/p>\n\n\n\n<p>A pesar de que en el Brasil la pol\u00edtica de legalizaci\u00f3n del aborto ha tenido avances importantes en cuanto a la atenci\u00f3n oportuna del Estado para salvaguardar la salud de la mujer, en casos de violaci\u00f3n o en riesgos de anencefalia fetal, por lo que la ley despenaliza el aborto para proceder a la interrupci\u00f3n gestacional brind\u00e1ndose atenci\u00f3n p\u00fablica profesional, queda a\u00fan pendiente la expansi\u00f3n del servicio hacia sectores socioecon\u00f3micos que son vulnerados por la pobreza y por la presencia de agentes sociales, entre ellos grupos pol\u00edticos conservadores y religiosos, que sesgan la difusi\u00f3n de los derechos sexuales y reproductivos en el sector femenino, golpeado por la precariedad econ\u00f3mica, y que son potenciales v\u00edctimas de violaci\u00f3n, embarazos precoces y desesperaci\u00f3n por la b\u00fasqueda de atenciones ilegales de abortos clandestinos.<\/p>\n\n\n\n<p>Seg\u00fan el Ministerio de Salud, una de cada siete mujeres que son atendidas en hospitales p\u00fablicos, corresponde a causas derivadas de un aborto clandestino. En todos los casos, las mujeres son menores de 19 a\u00f1os y el n\u00famero total de hospitalizaciones supera los dos millones. Y un dato a\u00fan m\u00e1s preocupante es que, del total de hospitalizaciones, 675 casos resultaron en muerte; es decir, una mujer est\u00e1 muriendo por cada 3.300 hospitalizaciones. En el presente a\u00f1o, hasta el mes de julio, 95,6 adolescentes y mujeres fueron hospitalizadas, resultando del total, 19 muertes<sup>2<\/sup>.<\/p>\n\n\n\n<p>Estos aspectos sobre las pol\u00edticas de interrupci\u00f3n de la gestaci\u00f3n como derecho de las mujeres en la regulaci\u00f3n de sus cuerpos, invocando la salvaguarda del Estado, es el tema de abordaje que ha venido reflexionando Fl\u00e1via Biroli, polit\u00f3loga y doctora en historia, quien es una de las investigadoras dedicadas al estudio de las pol\u00edticas sobre el aborto en contextos democr\u00e1ticos. En este caso, se realizar\u00e1 el an\u00e1lisis de sus argumentos a partir de uno de sus ensayos titulado \u201cAborto, sexualidad y autonom\u00eda\u201d, insertado en el libro, \u201cG\u00eanero e desigualdades: limites da democracia no Brasil\u201d, que fue editado en el a\u00f1o 2017. La intenci\u00f3n es destacar los argumentos de discusi\u00f3n que justifican la necesidad de abrir espacios para la implementaci\u00f3n de pol\u00edticas sobre el aborto, en un contexto de dominio ideol\u00f3gico conservador, a partir del cual, se propondr\u00e1 una defensa pol\u00edtica de los derechos de las mujeres en las decisiones aut\u00f3nomas sobre sus cuerpos, cuestionando toda acci\u00f3n prejuiciosa de orden moral, religiosa o normativa limitante, que por el contrario, no solucionan el problema de las mujeres en condiciones de pobreza para acceder a una atenci\u00f3n m\u00e9dica oportuna por parte del Estado, siendo v\u00edctimas potenciales de las cl\u00ednicas abortivas clandestinas<sup>3<\/sup>.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Las pol\u00edticas de aborto y el derecho al ejercicio en sexualidad<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Para Fl\u00e1via Biroli, la comprensi\u00f3n de las pol\u00edticas de aborto y sexualidad parten de la discusi\u00f3n en torno al control del cuerpo del sujeto femenino, definido en contextos pol\u00edticos, sociales, institucionales, econ\u00f3micos y morales, espec\u00edficamente, en los debates sobre derechos reproductivos y derechos sexuales, porque es en estos campos que se sit\u00faa la intenci\u00f3n de superar toda ideolog\u00eda conservadora o tradicional basada en creencias equivocadas que condicionan el cuerpo de la mujer a determinadas pr\u00e1cticas normativas o normalizaciones morales y religiosas. Sugiere, adem\u00e1s que la lucha contra estos sesgos tradicionales para defender la autonom\u00eda corporal, es la respuesta pol\u00edtica para reclamar derechos sobre el cuerpo, en un Estado democr\u00e1tico laico.<\/p>\n\n\n\n<p>Seg\u00fan Biroli, la vigencia de la criminalizaci\u00f3n del aborto y el rechazo a sus pol\u00edticas reivindicatorias, mantiene un discurso recalcitrante al oponer dos posiciones, la defensa de la familia contra la pol\u00edtica de muerte abortiva. Este discurso se ha convertido, desde hace alg\u00fan tiempo, en la plataforma pol\u00edtica para que surjan l\u00edderes religiosos cuyas ideas ganen adeptos quienes ser\u00edan los potenciales ciudadanos que votar\u00e1n en las elecciones a la c\u00e1mara de diputados en el Congreso, a sus representantes que llevar\u00e1n la agenda conservadora pro vida y pro familia.<\/p>\n\n\n\n<p>Por otra parte, considera que el derecho al aborto es un asunto p\u00fablico y central en la autonom\u00eda de las mujeres, pues sin ella, la capacidad sexual y reproductiva queda comprometida a los poderes intr\u00ednsecos de las instituciones tradicionales. Sin embargo, es m\u00e1s comprometedor la complejidad para separar el sexo y la reproducci\u00f3n, quedando envuelto en los prejuicios legitimadores de asociar la feminidad con la maternidad, quedando minimizado el derecho al placer y al goce sexual en relaciones afectivas, hetero u homonormativas.<\/p>\n\n\n\n<p>Las relaciones entre el aborto, la sexualidad y la autonom\u00eda, juega un rol importante para comprender el problema, sus alcances y limitaciones en el ejercicio de derechos reproductivos y sexuales. Entonces, entra en esta relaci\u00f3n el control femenino sobre el propio cuerpo, que hist\u00f3ricamente ha sido diferenciado con la experiencia de control masculina, a partir de la referencia heteronormativa. En ese sentido, la postura liberal ha defendido la acomodaci\u00f3n de asegurar las garant\u00edas de la libertad individual de las personas sobre las necesidades de control de las mujeres en sus cuerpos, reforzando su subordinaci\u00f3n a las instituciones sociales, dominadas por los hombres (parentesco, matrimonio, herencia) y al control del Estado, trayendo como consecuencia la propensi\u00f3n de las desigualdades sexuales y de g\u00e9nero, legitimadas por un sistema jur\u00eddico a favor de los hombres.<\/p>\n\n\n\n<p>A partir de lo anterior, Biroli asocia las desigualdades con el derecho en la legislaci\u00f3n al propio cuerpo, a la integridad f\u00edsica y psicol\u00f3gica, y a la dignidad. Si el Estado niega la atenci\u00f3n de la salud de la mujer, quien se ve en potencial riesgo de embarazo, correspondiendo una intervenci\u00f3n abortiva, entonces se vulnera su propia vida. Pero, tambi\u00e9n, si existiera la denegaci\u00f3n del derecho al aborto, en un contexto de diferenciaciones sociales y de raza, es contundente la vulnerabilidad de un sector de mujeres pobres, que pertenecen a un tipo racial, que generalmente sigue estando marginado hist\u00f3ricamente. Es por ello, que insiste en presentar un enfoque menos abstracto sobre el ejercicio de la autonom\u00eda, presentando al \u201ccuerpo del sujeto femenino\u201d como menos propenso a un entendimiento universal, basado en los ideales de libertad, tal como se ha sustentado en la concepci\u00f3n jur\u00eddica liberal. En realidad, la comprensi\u00f3n del cuerpo del sujeto femenino debe partir desde sus propias diferencias interseccionadas por diversas categor\u00edas, de clase y de raza, entre otras relevantes.<\/p>\n\n\n\n<p>Las diversas voces de las mujeres superan la idea del <em>sujeto formal<\/em>. En esa l\u00ednea, Biroli ensaya un argumento sobre la importancia de las relaciones como experiencias concretas de las mujeres. En efecto, estas relaciones intersubjetivas intentan ir m\u00e1s all\u00e1 de la idealizada relaci\u00f3n \u201cmadre-feto\u201d o \u201cmujer-maternidad\u201d. La posible elecci\u00f3n individual de la mujer para interrumpir el embarazo ha significado un acontecimiento de progreso frente a la tradicional concepci\u00f3n de la \u201cmaternidad obligatoria\u201d. Por ende, presenta como ejemplos los avances jur\u00eddicos en pol\u00edticas de aborto en pa\u00edses del norte como Estados Unidos, Canad\u00e1, Alemania, Italia, Dinamarca, Suecia, entre otros.<\/p>\n\n\n\n<p>Sin embargo, tambi\u00e9n, los intensos debates en el escenario pol\u00edtico en estos pa\u00edses han considerado si la despenalizaci\u00f3n del aborto era un camino que aseguraba realmente las decisiones de las mujeres en materia de control de sus cuerpos. Por ejemplo, en el caso de los Estados Unidos, en la d\u00e9cada de los setentas, el Tribunal Supremo de Justicia promulg\u00f3 la norma del derecho al aborto. No obstante, poco tiempo despu\u00e9s, el Congreso aprob\u00f3 una enmienda que restring\u00eda el uso de recursos p\u00fablicos para el aborto. Esta enmienda, de por s\u00ed limit\u00f3 el derecho a la sanidad en casos de necesidad para la pr\u00e1ctica del aborto, trayendo como consecuencia, las diferenciaciones sociales entre mujeres de condiciones favorables, de aquellas en vulnerabilidad econ\u00f3mica.<\/p>\n\n\n\n<p>En consecuencia, la pol\u00edtica del aborto para Biroli conlleva a cuestiones sobre ciudadan\u00eda y democracia, ya que se trata de que el Estado garantice, a trav\u00e9s del sistema normativo, el respeto a la integridad f\u00edsica y ps\u00edquica de las mujeres, es decir, atender sus diversas posiciones interseccionales, y mucho m\u00e1s a aquellas que viven desfavorecidas por condiciones de clase y de raza. Pues, tambi\u00e9n, la democracia genera sus l\u00edmites cuando irrumpen discursos conservadores moralistas y religiosos, que discuten la legitimidad de los valores democr\u00e1ticos. Es por ello, la necesidad de discutir la cuesti\u00f3n de laicidad del Estado cuando interviene en la regulaci\u00f3n de los derechos sexuales y reproductivos.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Resistencias desde el conservadurismo ideol\u00f3gico-religioso<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Desde una perspectiva hist\u00f3rica, seg\u00fan Biroli, las instituciones religiosas en Brasil, desde el catolicismo y las iglesias evangelistas, han venido articulando un discurso convenciendo a la ciudadan\u00eda sobre la importancia de la familia, la vida y los valores, frente a los dr\u00e1sticos cambios respecto a la liberalizaci\u00f3n sexual, en t\u00e9rminos de prerrogativas, empujados por el movimiento feminista y el progreso acad\u00e9mico involucrado desde las ciencias sociales en diversas universidades de Estados Unidos y Europa. A fines de la d\u00e9cada de los setentas, el papado con el liderazgo de Juan Pablo II, dio un giro importante para corregir su posici\u00f3n sobre los cambios en la sexualidad y la reproducci\u00f3n, as\u00ed como en la familia y el derecho al divorcio. El argumento de la Iglesia cat\u00f3lica fue de car\u00e1cter poco flexible por estos cambios en la sociedad, y en la d\u00e9cada de los noventas, cuando en Brasil se discut\u00eda nuevas posibilidades para revisar la legislaci\u00f3n sobre la despenalizaci\u00f3n del aborto en ciertos casos, como el estupro, el catolicismo en Latinoam\u00e9rica irradiaba una defensa de la familia, del matrimonio, de la vida del no nacido, de la sexualidad con abstinencia y del sexo natural, sin uso de anticonceptivos. De hecho, todas estas ideas sostenidas desde el papado terminaron por asumir un retroceso en materia de derechos humanos, con la intenci\u00f3n de enarbolar la bandera de la moralidad.<\/p>\n\n\n\n<p>Fue as\u00ed como, afanados por el nuevo discurso religioso, entraron en escena los grupos denominados \u201cprovida\u201d y pentecostales, defendiendo la abstinencia sexual, en contra de la educaci\u00f3n en sexualidad y la prevenci\u00f3n de embarazos no deseados en mujeres adolescentes y j\u00f3venes. Incluso, estos grupos condenaron que las mujeres, que hab\u00edan sufrido violencia sexual por estupro, asuman la decisi\u00f3n de interrumpir el embarazo, pues se vulneraba la vida del ser humano concebido, por encima del inter\u00e9s ego\u00edsta y criminal de la mujer afectada. En poco tiempo, a inicios del siglo XXI, el discurso religioso incursion\u00f3 en la pol\u00edtica con un poder econ\u00f3mico amansado por las iglesias y el negocio de la fe.<\/p>\n\n\n\n<p>As\u00ed, en el a\u00f1o 2003, los pentecostales, un grupo de iglesias evang\u00e9licas, crean un Frente Parlamentario Evang\u00e9lico, aglutinando a diputados quienes representaban a los feligreses en el Congreso Nacional. Este Frente aglutin\u00f3 las diversas posiciones en la agenda de los derechos sexuales y reproductivos, con diferentes estrategias de acci\u00f3n pol\u00edtica, entre ellas, propugnar la defensa de la vida y la familia, en contra del aborto; o en controlar la educaci\u00f3n y la cultura, persiguiendo toda declaraci\u00f3n inmoral de la llamada \u201cideolog\u00eda de g\u00e9nero\u201d. El prop\u00f3sito de este frente fue promover retrocesos en la legislaci\u00f3n vigente y en las condiciones de acceso al aborto, as\u00ed como en los derechos sexuales, incluyendo el acceso a la educaci\u00f3n sexual en las escuelas.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Despenalizaci\u00f3n del aborto: avances en materia jur\u00eddica<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>En el contexto de los avances en materia jur\u00eddica, en la despenalizaci\u00f3n del aborto, Biroli aborda la importancia que cumplieron los documentos internacionales de la Organizaci\u00f3n de las Naciones Unidas, en defensa de los derechos reproductivos y de la salud de las mujeres, y que se difundieron como pol\u00edticas de acci\u00f3n mundial desde el Programa de Acci\u00f3n de la Conferencia Internacional sobre Poblaci\u00f3n y Desarrollo (Conferencia de El Cairo, 1994) y la Plataforma de Acci\u00f3n de la Conferencia de Pek\u00edn (1995), que reafirmaron la posici\u00f3n de que el aborto inseguro y clandestino es un problema prioritario de salud p\u00fablica que los Estados deben atender, salvaguardando la integridad de las mujeres.<\/p>\n\n\n\n<p>Actualmente, m\u00e1s de setenta pa\u00edses han implementado en sus sistemas jur\u00eddicos la despenalizaci\u00f3n del aborto, y casi la mayor\u00eda de ellos se encuentran en el hemisferio norte. En Am\u00e9rica Latina, el primer pa\u00eds en despenalizar el aborto fue Uruguay en el a\u00f1o 2012; precedido por M\u00e9xico, que, en el a\u00f1o 2007, aprob\u00f3 una ley para despenalizar el aborto hasta la semana 12 de gestaci\u00f3n, aunque esta ley solo v\u00e1lida en el Distrito Federal. Entre los a\u00f1os 2016 y 2017, Chile aprob\u00f3 la implementaci\u00f3n del aborto en casos de riesgo de vida de la mujer, embarazo por estupro e inviabilidad fetal. As\u00ed, como la despenalizaci\u00f3n total o parcial del aborto ha tenido aceptaci\u00f3n en los pa\u00edses mencionados, tambi\u00e9n en otros pa\u00edses se ha dado un retroceso en el tema, por ejemplo, en El Salvador, en 1988 cambi\u00f3 su legislaci\u00f3n prohibiendo el aborto en absoluto. Igualmente sucedi\u00f3 en Nicaragua, que, en el a\u00f1o 2006, cambi\u00f3 la legislaci\u00f3n para prohibir el aborto en cualquier situaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Como sostiene Biroli, la penalizaci\u00f3n del aborto no ha resuelto el problema sobre la elecci\u00f3n de las mujeres de interrumpir el embarazo, pues, en el mundo la pr\u00e1ctica informal del aborto excede en n\u00famero y es inversamente proporcional a la despenalizaci\u00f3n, por lo que se concluye acerca de que la restricci\u00f3n absoluta del aborto no ha reducido el \u00edndice de abortos clandestinos, en el que las mujeres m\u00e1s vulnerables socialmente ponen en riesgo su salud. Por el contrario, en los pa\u00edses del norte, que extienden el servicio de salud p\u00fablica para atender casos de aborto, debidamente consentidos por las mujeres, el \u00edndice de abortos voluntarios ha disminuido en comparaci\u00f3n a casi m\u00e1s de una d\u00e9cada. Biroli cree que esta reducci\u00f3n es la consecuencia de haber despenalizado el aborto, adem\u00e1s de que el Estado garantiza el acceso de las mujeres a informaci\u00f3n sobre prevenci\u00f3n y salud reproductiva y educaci\u00f3n sexual.<\/p>\n\n\n\n<p>En el caso de Brasil, las recientes conquistas en materia de despenalizaci\u00f3n del aborto, ha evidenciado la reducci\u00f3n de mortandad materna por malas pr\u00e1cticas abortivas en cl\u00ednicas informales o por el consumo de sustancias e infusiones letales. Sin embargo, en el a\u00f1o 2016, la Encuesta Nacional de Aborto de 2016, arroj\u00f3 el resultado de que medio mill\u00f3n de mujeres recurrieron al aborto en 2015, lo que corresponde a 1.300 mujeres al d\u00eda, casi una mujer por minuto. La mayor\u00eda de los abortos fueron practicados por mujeres casadas con hijos e informaron que profesan el catolicismo o son evang\u00e9licas. De hecho, a\u00fan se mantiene la mortalidad por causas de mala praxis abortiva, y en especial porque a\u00fan queda pendiente una adecuada promoci\u00f3n de los derechos a la salud reproductiva, as\u00ed como impulsar una pol\u00edtica educativa empoderando las decisiones de las mujeres en el ejercicio de su sexualidad.<\/p>\n\n\n\n<p>Los avances en la legislaci\u00f3n sobre la despenalizaci\u00f3n del aborto han tenido avances y retrocesos, durante los inicios del siglo XXI, aunque, en los gobiernos sucesivos del Partido de los Trabajadores, con Luis In\u00e1cio Lula y con Dilma Rousseff, se fueron dando algunos avances en las discusiones. En el a\u00f1o 2004, por ejemplo, se realiz\u00f3 la I Conferencia Nacional de Pol\u00edticas para las Mujeres, y una de las demandas aprobadas fue la revisi\u00f3n de la legislaci\u00f3n que sanciona el aborto. Una comisi\u00f3n tripartita, formada por representantes del Poder Ejecutivo, del Poder Legislativo y de la sociedad civil, elabor\u00f3 la propuesta de proyecto de ley para ser entregada a la C\u00e1mara de Diputados Federal. El proyecto de la comisi\u00f3n tripartita establec\u00eda el derecho a la interrupci\u00f3n del embarazo hasta la semana 12, y hasta la semana 20 en casos de violaci\u00f3n, obligando al Sistema \u00danico de Salud (SUS) a prestar el servicio. Pero, este proyecto de ley fue rechazado en 2008. En el a\u00f1o 2013, se publicaron determinadas normas t\u00e9cnicas acerca de la violencia sexual, defini\u00e9ndola como cualquier forma de actividad sexual no consentida, haciendo obligatorio que las mujeres que han sufrido violencia reciban atenci\u00f3n integral inmediata en el SUS, incluyendo la profilaxis del embarazo.<\/p>\n\n\n\n<p>Un a\u00f1o antes, en el 2012, el poder judicial destac\u00f3 algunos avances en materia de despenalizaci\u00f3n del aborto, poniendo en discusi\u00f3n sobre su aplicaci\u00f3n en caso de estupro contra la mujer. En el 2016, el Supremo Tribunal Federal (STF), estableci\u00f3 de que el aborto hasta la semana 12 de gestaci\u00f3n es un derecho constitucional de las mujeres. Con esta sentencia, se fund\u00f3 el antecedente acerca de que se despenalizaba el aborto, favoreciendo a las mujeres m\u00e1s pobres a interrumpir su embarazo de forma segura y con atenci\u00f3n del servicio p\u00fablico de salud. Sin embargo, las r\u00e9plicas de los sectores pol\u00edticos conservadores no se hicieron esperar, pues desde el Congreso, se han impulsado proyectos de ley para desestimar o reformar las normas jur\u00eddicas que despenalizan el aborto por tres situaciones de excepci\u00f3n: por el riesgo de salud de la mujer, por anencefalia y por estupro. Entre el periodo del 2000 al 2015, se han presentado 32 proyectos de ley desde la C\u00e1mara de Diputados con el prop\u00f3sito de restringir la legalidad del aborto o aumentar la pena por la pr\u00e1ctica, aunque todos fueron desestimados por el STF.<\/p>\n\n\n\n<p>Aun as\u00ed, Biroli ha puesto de manifiesto que la agenda pol\u00edtica conservadora continuar\u00e1 su resistencia frente a las pol\u00edticas de despenalizaci\u00f3n del aborto, pues, observa que el movimiento \u201cprovida\u201d (mucho m\u00e1s energizados durante el gobierno de \u201cultraderecha\u201d de Bolsonaro), seguir\u00e1 trabajando en diversos estamentos, incluso en la educaci\u00f3n y la ense\u00f1anza en las escuelas, pues consideran que se debe empezar a constre\u00f1ir todo discurso amenazador que pretenda ir en contra la moralidad y los intereses de la familia.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>A modo de conclusi\u00f3n<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Fl\u00e1via Biroli plantea dos tem\u00e1ticas claves en su ensayo sobre la discusi\u00f3n del aborto. Para ello, explica la relaci\u00f3n entre el aborto, la sexualidad y la autonom\u00eda, y describe las reacciones del discurso pol\u00edtico conservador ante los avances legales en cuanto a la interrupci\u00f3n del embarazo. En el terreno pol\u00edtico, el aborto es una discusi\u00f3n p\u00fablica, poniendo en cuestionamiento los l\u00edmites de la democracia e involucrando el control de los cuerpos de las mujeres como punto central. Hay que destacar que, desde fines de los noventas e inicios del siglo XXI, la sociedad civil, desde el movimiento feminista, ha cumplido un rol crucial para la construcci\u00f3n de la ciudadan\u00eda buscando la reivindicaci\u00f3n de los derechos reproductivos y sexuales, exigiendo la garant\u00eda de los mismos en el marco jur\u00eddico vigente<sup>4<\/sup>.<\/p>\n\n\n\n<p>Cabe anotar que la elecci\u00f3n a una pr\u00e1ctica abortiva representa para la mujer una compleja responsabilidad que obedece a decisiones personal\u00edsimas, de car\u00e1cter moral, es decir, entran en juego una diversidad de dilemas poniendo en cuestionamiento los propios valores que son relevantes como principios de comportamiento. Estos valores, pueden ser la justificaci\u00f3n suficiente para que una mujer decida mantener un embarazo no deseado sobre el cual tiene sentimientos y juicios ambiguos; o por el contrario considerar que un embarazo \u201cfrustra lo que considera condiciones adecuadas de vida para s\u00ed misma o para las personas cercanas a ella\u201d<sup>5<\/sup>.<\/p>\n\n\n\n<p>Ahora, el hecho de que las decisiones individuales tengan una dimensi\u00f3n moral no implica que la cuesti\u00f3n del derecho al aborto sea de car\u00e1cter moral. M\u00e1s bien, el derecho a decidir si mantener o no un embarazo, es parte del derecho a decidir sobre el propio cuerpo, que a su vez forma parte de los derechos individuales fundamentales. Se puede argumentar, bas\u00e1ndose en conceptos de libertad y autonom\u00eda fundamentales en la tradici\u00f3n liberal, que el derecho al aborto es una cuesti\u00f3n pol\u00edtica y es esencial para la democracia<\/p>\n\n\n\n<p>El derecho al aborto es de car\u00e1cter pol\u00edtico porque corresponde al derecho del individuo, en este caso, de las mujeres, a disponer de s\u00ed mismas y de su cuerpo. La forma que adopta, as\u00ed como su negaci\u00f3n, impacta en la definici\u00f3n de los derechos de ciudadan\u00eda, con la implicaci\u00f3n adicional de que su negaci\u00f3n afecta de manera diferente a mujeres y hombres y, por lo tanto, establece divisiones en estos derechos. Si bien la decisi\u00f3n individual de realizar o no un aborto puede considerarse personal y moral, la afirmaci\u00f3n o negaci\u00f3n de este derecho debe ser definida y justificada pol\u00edticamente<sup>6<\/sup>.<\/p>\n\n\n\n<p>Por consiguiente, Biroli defiende la tesis de que el derecho al aborto se corresponde con lo pol\u00edtico porque est\u00e1 implicado al derecho de las mujeres a disponer de s\u00ed mismas y de su cuerpo, y que la forma en que se ejerce este derecho, tiene un impacto en la definici\u00f3n de los derechos de su ciudadan\u00eda. Desde la tradici\u00f3n cl\u00e1sica liberal, la independencia individual se comprende cuando los sujetos adultos tienen mejores condiciones para perseguir el bien a su manera y que el Estado interviene de manera restringida respetando la premisa de que el individuo es soberano \u201csobre s\u00ed mismo, sobre su propio cuerpo y mente (\u2026)\u201d<sup>7<\/sup>.<\/p>\n\n\n\n<p>En consecuencia, el derecho a la privacidad, que es el argumento jur\u00eddico en la legislaci\u00f3n sobre el aborto en los Estados Unidos, permiti\u00f3 en la d\u00e9cada de los setentas que las mujeres puedan ejercer su autonom\u00eda, de acuerdo con sus propias necesidades individuales y con sus valores morales, que est\u00e1n protegidos por la sociedad y las instituciones del Estado.<\/p>\n\n\n\n<p>(\u2026) el derecho al aborto est\u00e1 codificado como un derecho a la privacidad, siendo por lo tanto fundamental para el ejercicio de la autonom\u00eda de los individuos, al garantizar que las necesidades consideradas relevantes por ellos mismos, de acuerdo con los valores morales que les son preciados, est\u00e9n protegidas de las concepciones mayoritarias en una sociedad<sup>8<\/sup>.<\/p>\n\n\n\n<p>Finalmente, el art\u00edculo deja en claridad que la propiedad de uno mismo es el principio de la autonom\u00eda de los sujetos, en este caso, la autonom\u00eda sexual y reproductiva de las mujeres, permitiendo el ejercicio de su ciudadan\u00eda. La persistencia de ciertos sectores conservadores que se encuentran en el poder pol\u00edtico y que pretenden elaborar leyes para desestimar el avance del derecho al aborto es una manera de reproducir las desigualdades, imponiendo un discurso sesgado de control moralista y religioso sobre el cuerpo femenino. Empero, esta pretensi\u00f3n tambi\u00e9n abre el espacio para retomar las discusiones sobre el derecho a controlar el propio cuerpo, proponiendo unas l\u00edneas de argumentaci\u00f3n siguientes:<\/p>\n\n\n\n<p>a) Ning\u00fan contacto con el cuerpo del individuo puede existir sin su consentimiento;<\/p>\n\n\n\n<p>b) Lo que ocurre en y con el cuerpo de un individuo debe ser una decisi\u00f3n suya y consentida;<\/p>\n\n\n\n<p>c) La decisi\u00f3n sobre mantener un embarazo, nutrir y sustentar biol\u00f3gicamente a otro individuo debe ser de la mujer (lo que garantiza una noci\u00f3n clara de que cualquier determinaci\u00f3n heter\u00f3noma sobre su propio cuerpo vulnera su derecho a la autonom\u00eda).<\/p>\n\n\n\n<p>d) Los puntos a, b y c deben ser garantizados no solo en el sentido negativo de la libertad implicada en ellos \u2013es decir, no criminalizados\u2013, sino tambi\u00e9n en el sentido positivo, lo que significa que el Estado debe apoyarlos mediante pol\u00edticas p\u00fablicas de combate a la violencia, promoci\u00f3n del respeto por las decisiones individuales, provisi\u00f3n de recursos que permitan a los individuos controlar su capacidad reproductiva independientemente de su situaci\u00f3n socioecon\u00f3mica, y una atenci\u00f3n adecuada en el \u00e1mbito de la salud<sup>9<\/sup>.<\/p>\n\n\n\n<p>Las discusiones para la defensa del derecho al aborto que permita constituirse en pol\u00edticas p\u00fablicas efectivas, es tambi\u00e9n una lucha en el terreno \u00e9tico sobre la legalidad en la autonom\u00eda del cuerpo femenino. Aunque, como se\u00f1al\u00f3 Judith Butler, en una entrevista que el problema de la penalizaci\u00f3n del aborto trae la cuesti\u00f3n sobre a qui\u00e9n pertenece el cuerpo de la mujer:<\/p>\n\n\n\n<p>\u201c(\u2026) una mujer que decide ignorar la ley para ejercer su propia autonom\u00eda, termina siendo criminalizada; de all\u00ed que se vuelve a cuestionar, \u00bfde qui\u00e9n es el poder del que obliga a una mujer a tener un hijo cuando no lo tiene? Es el Estado y la Iglesia que obligan a la mujer a un acto reproductivo. Por consiguiente, esa ley es un delito\u201d<sup>10<\/sup>.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>He aqu\u00ed un largo camino de activismo jur\u00eddico que debe intensificarse en el campo de la legalidad, desde una perspectiva de separaci\u00f3n del dominio moral de la Iglesia de la esfera de decisiones p\u00fablicas desde el Estado, a\u00fan vigente desde sectores que tienen influencia en la normalizaci\u00f3n de la privacidad sexual y de las libertades constitucionales que aparentemente regulan los derechos reproductivos de las mujeres.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Referencias bibliogr\u00e1ficas<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Bandeira, Karolini. \u201cUma a cada 7 mulheres internadas por aborto tem menos de 19 anos\u201d. <em>O Globo<\/em>, Setembro 2, 2023. <a href=\"https:\/\/oglobo.globo.com\/saude\/noticia\/2023\/10\/02\/uma-a-cada-7-mulheres-internadas-por-aborto-tem-menos-de-19-anos.ghtml\">https:\/\/oglobo.globo.com\/saude\/noticia\/2023\/10\/02\/uma-a-cada-7-mulheres-internadas-por-aborto-tem-menos-de-19-anos.ghtml<\/a><\/p>\n\n\n\n<p><a>Biroli, Fl\u00e1via. \u201cAutonomia e justi\u00e7a no debate sobre aborto: implica\u00e7\u00f5es te\u00f3ricas e pol\u00edticas\u201d<strong>.<\/strong> <\/a><em>Revista Brasileira de Ci\u00eancia Pol\u00edtica<\/em> N\u00ba 15, Bras\u00edlia, Instituto de Ci\u00eancia Pol\u00edtica da Universidade de Bras\u00edlia, setembro-dezembro de 2014, pp. 37-68. <a href=\"https:\/\/doi.org\/10.1590\/0103-335220141503\">https:\/\/doi.org\/10.1590\/0103-335220141503<\/a><\/p>\n\n\n\n<p><a>Biroli, Fl\u00e1via. \u201cAula 4: Aborto\u201d. V\u00eddeo de YouTube, 11:36. 10 de julio de 2018. <\/a><a href=\"https:\/\/www.youtube.com\/watch?app=desktop&amp;v=AjuzAjv32jU\">https:\/\/www.youtube.com\/watch?app=desktop&amp;v=AjuzAjv32jU<\/a>&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Butler, Judith. <em>Deshacer el g\u00e9nero<\/em>. Barcelona: Paid\u00f3s, 2006.<\/p>\n\n\n\n<p>Dillon, Marta, Carbajal, Mariana y Rosso, Laura. \u201cProhibir el aborto es penalizar la sexualidad libre\u201d (Entrevista a Judith Butler). <em>P\u00e1gina 12<\/em>, Buenos Aires, 2023. <a href=\"https:\/\/www.pagina12.com.ar\/186378-prohibir-el-aborto-es-penalizar-la-sexualidad-libre\">https:\/\/www.pagina12.com.ar\/186378-prohibir-el-aborto-es-penalizar-la-sexualidad-libre<\/a>&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Notas<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>*Juan Luis Condori Guti\u00e9rrez. Maestro en Gesti\u00f3n de la Educaci\u00f3n por la Universidad San Ignacio de Loyola (Lima, Per\u00fa). Doctorante en el Programa de Pos-graduaci\u00f3n Interdisciplinar en Derechos Humanos, en la Universidad Federal de Goi\u00e1s (Brasil), como becario CAPES (Centro de Perfeccionamiento Profesional en Educaci\u00f3n Superior) del gobierno brasile\u00f1o.<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li>Judith Butler, <em>Deshacer el g\u00e9nero<\/em>. Barcelona: Paid\u00f3s, 2006, p. 41<\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>Karolini Bandeira, <em>Uma a cada 7 mulheres internadas por aborto tem menos de 19 anos<\/em>. \u201cDesde 2012, 675 hospitalizaciones han resultado en muerte. Es decir, una mujer muere por cada 3.300 hospitalizaciones. En 2023, hasta julio, 95,6 ni\u00f1as y mujeres fueron hospitalizadas y 19 fallecieron\u201d (Traducido del portugu\u00e9s).<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>La elaboraci\u00f3n del presente ensayo surgi\u00f3 a partir del an\u00e1lisis de las ideas del cap\u00edtulo \u201cAborto, sexualidad y autonom\u00eda\u201d, de la autora Fl\u00e1via Biroli, que forma parte del libro \u201cG\u00e9nero y desigualdades: l\u00edmites de la democracia en Brasil\u201d, publicado en el a\u00f1o 2018.<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>Fl\u00e1via Biroli, \u201cAula 4: Aborto\u201d, Curso: Feminismo e democracia, com Fl\u00e1via Biroli, filmado en Julio 10, 2018 en Brasil, TV Boitempo, 11:36, <a href=\"https:\/\/www.youtube.com\/watch?app=desktop&amp;v=AjuzAjv32jU\">https:\/\/www.youtube.com\/watch?app=desktop&amp;v=AjuzAjv32jU<\/a> &nbsp;&nbsp;<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>Fl\u00e1via Biroli, \u201cAutonomia e justi\u00e7a no debate sobre aborto: implica\u00e7\u00f5es te\u00f3ricas e pol\u00edticas\u201d. Revista Brasileira de Ci\u00eancia Pol\u00edtica N\u00b0 15, Instituto de Ci\u00eancia Pol\u00edtica da Universidade de Bras\u00edlia, (Setembro-Dezembro 2014), p. 43, <a href=\"https:\/\/doi.org\/10.1590\/0103-335220141503\">https:\/\/doi.org\/10.1590\/0103-335220141503<\/a><\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>Ibid, p. 44<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>Mill, 2008 [1859], p. 13, citado en Biroli, 2014, p. 45<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>Cohen, 1997, citado por Biroli, 2014, p. 45<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>Fl\u00e1via Biroli, pp. 46-47<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li>Dillon, Marta et al. \u201cProhibir el aborto es penalizar la sexualidad libre\u201d (Entrevista a Judith Butler). <em>P\u00e1gina 12<\/em>, Buenos Aires, 2023. <a href=\"https:\/\/www.pagina12.com.ar\/186378-prohibir-el-aborto-es-penalizar-la-sexualidad-libre\">https:\/\/www.pagina12.com.ar\/186378-prohibir-el-aborto-es-penalizar-la-sexualidad-libre<\/a>&nbsp;<\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<div style=\"height:40px\" aria-hidden=\"true\" class=\"wp-block-spacer\"><\/div>\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-image size-large\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" width=\"1024\" height=\"796\" src=\"https:\/\/www.ariadnatucma.com.ar\/wp-content\/uploads\/2025\/05\/ATRL-Logo-2025-bloque-1-1024x796.jpg\" alt=\"\" class=\"wp-image-7543\" srcset=\"https:\/\/www.ariadnatucma.com.ar\/wp-content\/uploads\/2025\/05\/ATRL-Logo-2025-bloque-1-1024x796.jpg 1024w, https:\/\/www.ariadnatucma.com.ar\/wp-content\/uploads\/2025\/05\/ATRL-Logo-2025-bloque-1-300x233.jpg 300w, https:\/\/www.ariadnatucma.com.ar\/wp-content\/uploads\/2025\/05\/ATRL-Logo-2025-bloque-1-768x597.jpg 768w, https:\/\/www.ariadnatucma.com.ar\/wp-content\/uploads\/2025\/05\/ATRL-Logo-2025-bloque-1.jpg 1325w\" sizes=\"auto, (max-width: 1024px) 100vw, 1024px\" \/><\/figure>\n\n\n\n<div class=\"wp-block-group\"><div class=\"wp-block-group__inner-container is-layout-constrained wp-block-group-is-layout-constrained\">\n<div class=\"wp-block-group\"><div class=\"wp-block-group__inner-container is-layout-constrained wp-block-group-is-layout-constrained\">\n<figure class=\"wp-block-table\"><table><tbody><tr><td><\/td><\/tr><tr><td>ATRLA N\u00ba 15\/16 &#8211; Enero 2023 &#8211; Marzo 2025<\/td><\/tr><tr><td><\/td><\/tr><tr><td><strong><em>N\u00fameros anteriores <\/em><\/strong><\/td><\/tr><tr><td><\/td><\/tr><tr><td><a href=\"https:\/\/www.ariadnatucma.com.ar\/wp-admin\/post.php?post=7505&amp;action=edit\">ATRLA N\u00ba 13\/14 Marzo 2019 &#8211; Diciembre 2022<\/a><\/td><\/tr><tr><td>\ufeff<\/td><\/tr><tr><td><a href=\"http:\/\/www.ariadnatucma.com.ar\/?page_id=6275\">ATRLA N\u00ba 11\/12 Marzo 2016 &#8211; Febrero 2019<\/a><\/td><\/tr><tr><td>\ufeff<\/td><\/tr><tr><td><a href=\"http:\/\/www.ariadnatucma.com.ar\/?page_id=6270\">ATRLA N\u00ba 10 Marzo 2015 &#8211; Febrero 2016<\/a><\/td><\/tr><tr><td>\ufeff<\/td><\/tr><tr><td><a href=\"http:\/\/www.ariadnatucma.com.ar\/?page_id=6200\">ATRLA N\u00ba 9 Marzo 2014 &#8211; Febrero 2015<\/a><\/td><\/tr><tr><td>\ufeff<\/td><\/tr><tr><td><a href=\"http:\/\/www.ariadnatucma.com.ar\/?page_id=6186\">ATRLA N\u00ba 8 Marzo 2013 &#8211; Febrero 2014<\/a><\/td><\/tr><tr><td>\ufeff<\/td><\/tr><tr><td><a href=\"http:\/\/www.ariadnatucma.com.ar\/?page_id=6177\">ATRLA N\u00ba 7 Marzo 2012 &#8211; Febrero 2013<\/a><\/td><\/tr><tr><td>\ufeff<\/td><\/tr><tr><td><a href=\"http:\/\/www.ariadnatucma.com.ar\/?page_id=6159\">ATRLA N\u00ba 6 Marzo 2011 &#8211; Febrero 2012<\/a><\/td><\/tr><tr><td>\ufeff<\/td><\/tr><tr><td><a href=\"http:\/\/www.ariadnatucma.com.ar\/?page_id=6138\">ATRLA N\u00ba 5 Marzo 2010 &#8211; Febrero 2011<\/a><\/td><\/tr><tr><td>\ufeff<\/td><\/tr><tr><td><a href=\"http:\/\/www.ariadnatucma.com.ar\/?page_id=5921\">ATRLA N\u00ba 1 a 4 2006 &#8211; 2009<\/a><\/td><\/tr><tr><td><\/td><\/tr><\/tbody><\/table><\/figure>\n<\/div><\/div>\n<\/div><\/div>\n\n\n\n<p><a href=\"https:\/\/www.ariadnatucma.com.ar\/?page_id=6661\">Qui\u00e9nes somos<\/a><\/p>\n\n\n\n<p><a href=\"https:\/\/www.ariadnatucma.com.ar\/?page_id=809\">Normas de publicaci\u00f3n<\/a><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Resumen El derecho al aborto es una facultad de las mujeres para asumir con libertad la interrupci\u00f3n de la gestaci\u00f3n haci\u00e9ndose responsable en la autonom\u00eda de su propio cuerpo. 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